Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Diciembre de 2005, número de resolución CE050625
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | CE050625 |
Fecha de Resolución | 28 de Diciembre de 2005 |
LEXTCA20051228-05 Advance Wireless Communications Inc. v. Maldonado González
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
ADVANCE WIRELESS COMMUNICATIONS INC. | KLCE200500625 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao CASO NÚM: HSCI200500298 (207) SOBRE: INJUNCTION, DAÑOS Y PERJUICIOS |
Panel integrado por su presidente, Juez Rivera Román, el Juez Soler Aquino y la Jueza Coll Martí.
Soler Aquino, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 28 de diciembre de 2005.
La peticionaria solicita revisión de una orden judicial dictada y archivada en autos por el Tribunal de Primera Instancia el 9 de mayo de 2005. Alega que dicho foro erró al:
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declarar NO HA LUGAR de plano a la solicitud de consolidación por cuanto hace caso omiso de los criterios para conceder la misma según definido por el Tribunal Supremo en los casos normativos de Vives Vázquez v. ELA, 96 J.T.S. 164 y Hospital San Francisco Inc. v. Secretario de Salud, 97 J.T.S. 151, por cuanto no tuvo ningún análisis ponderado de la totalidad de las circunstancias de los casos como también la orden recurrida demuestra que el TPI no cumplió con su deber de medir todas las consideraciones a favor y en contra de la
consolidación y por cuanto la decisión está huérfana del balance de todas las consideraciones como le requiere la jurisprudencia aludida.
La demandante recurrida Advance Wireless Communications Inc. radicó demanda de injunction preliminar y permanente y daños y perjuicios contra los peticionarios, Raul Ortíz Carrasquillo y Sonia Pagán Maldonado, la sociedad de gananciales compuestas por ambos y la codemandada, Ana Maldonado González. La demandante alegó que el 12 de noviembre de 2002 arrendó a la señora Maldonado una propiedad inmueble para la instalación de una antena de comunicación de radio, celular y PCS. No obstante, ésta junto a los demás codemandados, le han obstaculizado el paso y el desarrollo de la construcción. A estos efectos solicitó un remedio provisional para que se prohibiera a los demandados impedirle el paso.
La peticionaria solicitó la desestimación del pleito y/o en la alternativa su consolidación con otros dos casos pendientes de resolver entre las mismas partes y por...
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