Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Enero de 2006, número de resolución KLCE0501707

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0501707
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución17 de Enero de 2006

LEXTCA20060117-05 Pueblo de PR v. Caraballo Vargas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL X

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionario v. LUIS CARABALLO VARGAS Recurrido KLCE0501707 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce JSC2004G1009

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Colón Birriel y la Jueza Hernández Torres.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de enero de 2006.

-I-

En diciembre de 2003, el recurrido Luis Caraballo Vargas fue denunciado ante la Sala de Ponce del Tribunal de Primera Instancia por una infracción al art. 401 de la Ley de Sustancias Controladas, 24 L.P.R.A. sec. 2401, con relación a hechos ocurridos en Guánica varios meses antes, el 30 de junio de 2003. Al recurrido se le imputó que, el día de los hechos, había vendido cocaína a un agente encubierto de nombre Milton Torres Collazo.

La denuncia fue sometida en ausencia del recurrido. Para sostener la misma, el Ministerio Público presentó el testimonio del agente Torres.

Según se expone en la petición de certiorari, para la época de los hechos, el agente Torres estaba realizando trabajo investigativo como agente encubierto en coordinación con los agentes de la Unidad de Drogas de Yauco. Su contacto en dicha Unidad lo era el Policía Alberto Ocasio Cajigas.

El agente Torres le notificó al Policía Ocasio que había acordado una transacción de drogas con el recurrido. La transacción se efectuó el 30 de junio de 2003. El agente Torres fue el único oficial del Orden Público presente en la transacción. El recurrido le vendió 18 bolsas de cocaína.

Ese mismo día, el agente Torres notificó de la transacción al Policía Ocasio. Los agentes procedieron a rotular y firmar los sobres que contenían la droga.

Previo a que se presentara la denuncia, el agente Torres no hizo un señalamiento especifico del recurrido al Policía Ocasio o a otro agente. El Estado alega que los Policías adscritos a la Unidad de Drogas de Yauco conocían al recurrido ya que éste había tenido otros casos anteriores.

No parece existir controversia entre las partes, sin embargo, en torno a que el agente Torres suscribió la declaración jurada requerida en estos casos, dentro del período de 120 horas establecido por Ley, 24 L.P.R.A. sec. 2523.

A base del testimonio del agente Torres, el Tribunal determinó causa para arrestar al recurrido por los hechos imputados.

Oportunamente, se celebró la vista preliminar. El Ministerio Público presentó el testimonio del agente Torres Collazo, quien declaró sobre la transacción de drogas, en los términos antes mencionados. El Tribunal determinó causa para acusar al recurrido por el delito mencionado.

Oportunamente, el Ministerio Público presentó la correspondiente acusación.

Luego de otros trámites, el recurrido presentó una moción de desestimación bajo la Regla 64, inciso (p) de las de Procedimiento Criminal, 34 L.P.R.A. Ap. II, R. 64(p). El recurrido alegó que la determinación de causa para acusarlo por el delito imputado había sido irregular, por cuanto el Ministerio Público no había presentado prueba independiente para corroborar la identificación del recurrido por el agente encubierto. En particular, el recurrido alegó que la omisión del agente Torres de hacer un señalamiento previo del recurrido ante su agente de contacto u otro Policía, previo a que se sometiera la denuncia en su contra constituía una violación a su derecho a un debido proceso de ley.

El Ministerio Público se opuso a la moción del recurrido.

Luego de otros trámites, el 7 de noviembre de 2005, mediante resolución emitida el corte abierta, el Tribunal de Primera Instancia declaró con lugar la moción del recurrido y ordenó la desestimación del proceso en su contra.

Insatisfecho, el Estado acudió ante este Tribunal.

Mediante resolución emitida el 15 de diciembre de 2005, acogimos el recurso presentado...

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