Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Enero de 2006, número de resolución KLRA0500920

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0500920
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución26 de Enero de 2006

LEXTCA20060126-10 Lugo Alvarado v. VCI Construction,Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL X

RUT NOEMI LUGO ALVARADO ORIEL FIGUEROA HEREDIA Recurridos v. VCI CONSTRUCTION, INC.; ALL ENGINEERING SERVICES CORP., MUEBLES LUGO, INC. Y UNITED SURETY & INDEMNITY CO. Recurrentes KLRA0500920 Revisión de Decisión Administrativa Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm. 600007534

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Colón Birriel y la Jueza Hernández Torres.

Brau Ramírez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de enero de 2006.

-I-

La parte recurrente, VCI Construction, Inc. (“VCI”) es una corporación dedicada a la construcción.

VCI participó en el desarrollo del proyecto residencial Urbanización Brisas del Valle ubicado en el municipio de Juana Díaz. El proyecto fue desarrollado por la corporación All Engineering Services Corp. (“All Engineering”), quien actuó como

vendedora de las residencias. VCI construyó las casas. Para la construcción de los gabinetes de las propiedades, VCI subcontrató a la corporación Muebles Lugo, Inc. (“Muebles Lugo”).

El 23 de abril de 2004, los esposos recurridos Rut Noemí Lugo y Oriel Figueroa Heredia adquirieron de All Engineering una de las residencias en la urbanización, mediante la Escritura Núm. 50 sobre Compraventa otorgada en ese fecha ante el Notario Roberto Colón Verges.

Los recurridos se mudaron a la residencia a principios de mayo de 2004. Al mudarse, notaron que había un polvillo amarillo en los gabinetes, lo que era indicativo que éstos tenían comején.

Con el paso del tiempo, el problema se fue agravando. El 12 de noviembre de 2004, poco más de seis meses después de haber adquirido la casa, los recurridos reclamaron a All Engineering para que se corrigiera el problema. All Engineering les indicó que debían dirigir su reclamación contra Muebles Lugo.

El 13 de diciembre de 2004, los recurridos reclamaron a VCI en torno al problema. El 12 de enero de 2005 y el 2 de febrero de 2005, los recurridos repitieron su reclamación.

Pocos días después de esta última fecha, compareció a su casa un empleado de Muebles Lugo con una botella de insecticida de Dr. Mecánico, quien les indicó que habría de fumigar los gabinetes para eliminar la polilla. El empleado de Muebles Lugo les explicó que el tratamiento consistía en tres fumigaciones separadas, dejando una semana por el medio.

El empleado procedió a aplicar el insecticida. La fumigación fue realizada sin que el empleado removiera las pertenencias de los recurridos del gabinete, por lo que el olor del líquido utilizado se impregnó en los objetos. Ello incluyó una compra que habían realizado los recurridos y que tuvo que ser desechada por éstos.

El empleado de Muebles Lugo no regresó a completar el tratamiento. VCI y All Engineering tampoco contestaron los reclamos posteriores de los recurridos.

Los recurridos procedieron a instar la presente querella contra VCI, All Engineering y la compañía aseguradora de éstos, ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (“D.A.Co.”), reclamando por el defecto en los gabinetes. Los querellados se opusieron a la querella.

Posteriormente, los recurridos solicitaron enmendar su querella para incluir a Muebles Lugo como parte querellada. Muebles Lugo también compareció al procedimiento en oposición a la querella.

Luego de otros trámites, el inspector del D.A.Co. visitó la residencia de los recurridos para examinar los gabinetes. Del informe presentado se desprende que los gabinetes presentaban un polvo fino amarillento en todos los acomodos del gabinete que caía sobre la compra y la vajilla de los recurridos.

Oportunamente, el D.A.Co. celebró una vista evidenciaria. Las partes comparecieron y presentaron prueba en apoyo de sus respectivas posiciones.

A base de la prueba desfilada, el 30 de noviembre de 2005, el D.A.Co. emitió la resolución recurrida, que declaró con lugar la querella contra VCI y All Engineering.

En su resolución, el D.A.Co. determinó que los gabinetes de la propiedad efectivamente tenían comején, lo que constituía un defecto en la obra. El D.A.Co. concluyó que dicho defecto no era atribuible a los recurridos quienes habían adquirido la propiedad poco tiempo antes.

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