Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Enero de 2006, número de resolución KLCE0501769

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0501769
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Enero de 2006

LEXTCA20060127-02 Díaz v. Montecarlo Development,Corp.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ

RICARDO ENRIQUE CARLO DÍAZ Peticionario v. MONTECARLO DEVELOPMENT, CORP. Recurridos
KLCE0501769
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Civil Núm.: IAC1995-0029 IAC2000-0456 Sobre: Reinvindicación

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova y los jueces Córdova Arone y Soler Aquino.

López Vilanova, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de enero de 2006.

Ricardo Enrique Carlo Díaz (el peticionario) recurre de una resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez, mediante la cual declaró No Ha Lugar su solicitud para que se ordenara a Monte Carlo Development Corp. (Monte Carlo) “producir”

para deposición a Federico E. Carlo Díaz y Sonia M. Monroig García, Presidente y Vicepresidente respectivamente de la referida compañía. Alega que erró el foro recurrido al negarle su solicitud, ya que las corporaciones funcionan a través de personas naturales y fueron Federico E. Carlo Díaz y Sonia M. Monroig García los oficiales de ésta que llevaron a cabo los actos en controversia en el pleito entre ambas partes.

Evaluado el recurso de Monte Carlo y el derecho aplicable, resolvemos.

I.

En el caso de epígrafe el Tribunal de Primera Instancia celebró Vista sobre el Estado de los Procedimientos el 16 de mayo de 2005.1

Allí las partes acordaron tomar las deposiciones de Sonia Monroig García, Federico Carlo Díaz y Ricardo E. Carlo Díaz el 22 de agosto de 2005 a las 10:00 de la mañana.2

El 25 de mayo de 2005 el peticionario presentó moción ante el foro recurrido. Solicitó que el Lcdo. Johnny Elías Rivera, abogado de Monte Carlo, le diera certeza de la comparecencia de Federico L. Carlo Díaz y la Sra. Sonia M. Monroig García a la toma de deposición. Solicitó además que, en el supuesto de que Monte Carlo no diera la referida certeza, el Tribunal emitiera una orden bajo apercibimiento de desacato para que Federico Carlo Díaz y Sonia Monroig García comparecieran a deponer.

El Lcdo.

Johnny Elías Rivera, en representación de Monte Carlo Development Corp., presentó su réplica el 6 de junio de 2005. Argumentó que Federico Carlo Díaz y Sonia Monroig García no eran sus clientes, por lo que estaba fuera de su responsabilidad el “producirlos” para la toma de las deposiciones. Solicitó al tribunal que fuera el Lcdo. Carlo Montalvo quien diligenciara la citación por él interesada.3

El 11 de agosto de 2005 el Tribunal de Primera Instancia emitió orden en la que dispuso que la Sra. Sonia M. Monroig y el Sr. Federico Carlo Díaz debían comparecer a las oficinas del Lcdo. Johnny Elías Riveras el 22 de agosto de 2005 para la toma de deposición. Dispuso que sería el aquí peticionario quien se encargaría del diligenciamiento de las citaciones.4

Así las cosas, el 6 de octubre de 2005 se celebró la Conferencia con Antelación al Juicio.5

Allí se informó por las partes que las deposiciones pautadas para agosto 22 de 2005 no se pudieron realizar. El Tribunal...

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