Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2006, número de resolución KLAN200400199

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200400199
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Enero de 2006

LEXTCA20060131-33 Gómez González v. Soto Vidal

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel III

ALEJANDRO GóMEZ GONZáLEZ
Demandante - Apelante
v. MARLA SOTO VIDAL Demandada - Apelada
KLAN200400199
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: KAC2000-5074 (508)

Panel integrado por su presidente, el juez Ortiz Carrión, el juez Rivera Román y la jueza Varona Méndez

Varona Méndez, Jueza Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 31 de enero de 2006.

Las partes contrajeron matrimonio el 29 de julio de 1979 bajo el régimen de sociedad legal de gananciales. Procrearon dos hijos. A mediados de julio de 1998, el aquí apelante, Alejandro Gómez González, abandonó el hogar conyugal. El 20 de agosto de 1999 se decretó roto y disuelto el vínculo matrimonial existente entre las partes, mediante sentencia de divorcio dictada en el caso KDI 98-2349. A esa fecha, los hijos habidos en el matrimonio no habían advenido a la mayoría de edad.

El 11 de septiembre de 2000, el señor Gómez González presentó demanda, en la que solicitó la liquidación de los bienes

gananciales. Luego de celebrados los trámites procesales de rigor, se celebró vista ante el Tribunal de Primera Instancia el 29 de octubre de 2003.

El 22 de enero de 2004, notificada el 2 de febrero, se dictó sentencia, en la que se determinó que el valor total de la masa ganancial asciende a $163,682.16. Asimismo, se dispuso que a la parte demandada le corresponden por concepto de créditos las sumas de $20,450.00 por los gastos incurridos por ésta para el sostenimiento de la familia y de los hijos; $650.00 por gastos de reparación y mantenimiento del inmueble; $5,781.00 por pagos de la hipoteca que grava el inmueble adquirido por la sociedad legal de gananciales; $4,591.08 en virtud del retiro de fondos hecho por el demandado de una cuenta de ahorros, para un total de créditos que le corresponden a la demandada ascendentes a $31,472.08. Asimismo, se dispuso que al demandante, aquí apelante, le corresponde un crédito ascendente a $8,532.50 por las aportaciones gananciales hechas al plan de retiro de la demandada, Sra. Marla Soto Vidal.

En resumen, concluyó el Tribunal de Primera Instancia que la participación del Sr. Gómez asciende a $58,901.50, mientras que la de la Sra. Soto Vidal suma $104,780.66.

De dicha determinación apeló el Sr. Gómez González. En su escrito, alegó que el Tribunal de Primera Instancia erró al concederle un crédito a su ex-cónyuge por obligaciones contraídas por ésta, por no haberse establecido que dichas...

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