Sentencia de Tribunal Apelativo de 3 de Marzo de 2006, número de resolución KLCE060146

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE060146
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 3 de Marzo de 2006

LEXTCA20060303-01 Pueblo Inreres de O.D.R.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE HUMACAO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO EN INTERES DEL MENOR: O.D.R.
KLCE060146
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Humacao QUEJA NUM. 05407806041

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, la Jueza Cotto Vives y el Juez Aponte Jiménez

Aponte Jiménez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 3 de marzo de 2006.

Nos solicita el menor peticionario O.D.R., (representado por la Sociedad para la Asistencia Legal) que dejemos sin efecto una orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Asuntos de Menores de Humacao (“TPI”), mediante la cual ese foro declaró sin lugar su solicitud de desestimación por violación al derecho constitucional a juicio rápido. Entiende el peticionario que la actuación del foro de instancia es contraria a derecho.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, denegamos el auto de certiorari solicitado.

Los hechos son los siguientes. Al menor de edad O.D.R. (en adelante, “el menor”) se le imputa haber golpeado y agredido con un bulto a otro menor.

Además, causarle una cortadura en la barriga con una navaja. Por dichos actos, el 4 de noviembre de 2005 se presentaron contra él tres (3) quejas, dos (2) por violación al Art. 121 del Código Penal de 2004 y una por violación al Art. 5.05 de la Ley de Armas, por portar y utilizar un “arma blanca”.

Ese mismo día el tribunal encontró causa probable para aprehensión por dos de las tres quejas de agresión al igual que por la de portación y uso de un “arma blanca”. Señaló vista de determinación de causa probable para radicar querella para el 17 de noviembre de 2005. El día señalado para la celebración de la vista de determinación de causa probable para radicar querella, la defensa solicitó la transferencia de la misma. El tribunal reseñaló el acto para el 10 de enero de 2006.

El 13 de diciembre de 2005 el Ministerio Público solicitó una vista de aprehensión “en alzada”. El propósito era la revisión de la determinación de no causa probable para aprehensión por uno de los cargos de agresión. En su moción, el Procurador de Menores solicitó la citación del menor y de su padre, madre y/o encargado. El tribunal la señaló para el 22 de diciembre de 2005. Sin embargo, no expidió las citaciones del menor y su encargado.

En la fecha señalada el Ministerio Público estaba preparado con su prueba, incluyendo a los testigos de cargo. Ante la incomparecencia del menor y su encargado, el tribunal reseñaló la vista para el 30 de enero de 2006. Se expidieron las correspondientes citaciones.

El 10...

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