Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Marzo de 2006, número de resolución KLRX0500032

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRX0500032
Tipo de recursoRecursos extraordinarios
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2006

LEXTCA20060314-03 Pérez García v. ELA

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL ESPECIAL DE INDIGENTES Y CONFINADOS

PANEL SUSTITUTO

JAVIER PÉREZ ALICEA Demandante ANTONIO CÓRDOVA GONZÁLEZ Interventor v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandado KLRX0500032 Mandamus procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Impugnación de Confiscación de Vehículo de Motor KAC1994-1393 (807)

Panel sustituto integrado por su presidente, Juez Rivera Román y las Juezas Coll Martí y Hernández Torres.

Coll Martí, Jueza Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 14 de marzo de 2006.

Luego de múltiples y prolongados incidentes procesales, tanto en el foro de primera instancia como en el foro apelativo, ha quedado resuelto y ordenado por los tribunales que el Departamento de Hacienda deberá devolver al Sr. Antonio Córdova González, el peticionario, la cantidad de $84,550 en efectivo que fueron incautados en el año 1994 dentro de un vehículo confiscado perteneciente al peticionario. Dicho vehículo fue devuelto a su dueño hace mucho tiempo por no haberse probado que estuviese relacionado con acto delictivo alguno.

El peticionario obtuvo una Sentencia favorable el 30 de junio de 2003, notificada en esa misma fecha, en el caso número KAC1994-1393 (807), que, en síntesis, dispuso:

“...

procede ordenar la devolución de las prendas objeto de la incautación y las cuales se encuentran consignada y bajo la custodia de la Secretaria de este Tribunal y también ordenar al Departamento de Hacienda la devolución total del dinero incautado por el ELA y utilizado por el Departamento de Hacienda para acreditarlo a la deuda contributiva ya prescrita del Sr. Córdova.”

Esta Sentencia es final, firme e inapelable.

El Departamento de Hacienda, luego de haber quedado establecido que no existen deudas contributivas recobrables del peticionario y establecida la procedencia de la devolución del dinero, aun no ha cumplido con la Sentencia de 30 de junio de 2003.

El peticionario ha acudido a este foro nuevamente, esta vez mediante recurso de Mandamus contra el Departamento de Hacienda y su Secretario.

I

Veamos los hechos. Este asunto se remonta al año 1995 cuando se arrestó a Javier Pérez Alicea, quien conducía el automóvil del peticionario. Como resultado, se incautaron el automóvil y un maletín que contenía prendas y ochenta y cuatro mil quinientos cincuenta dólares ($84,550) propiedad del peticionario.

El 2 de octubre de 1995, el tribunal dictó Sentencia donde resolvió que el Estado no probó que el señor Córdova González tuviera deuda contributiva alguna ni a cuanto...

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