Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Marzo de 2006, número de resolución KLAN0401492

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0401492
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2006

LEXTCA20060328-10 Moralez Cruz H/N/C v. Universal Insurance Comp.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

GUILLERMO MORALES RUIZ H/N/C MIDWAY TRUCK & TRAILER SALES, CO. C/P MIDWAY TRUCK

Demandantes-Apelados

v.

UNIVERSAL INSURANCE COMPANY

Demandado-Apelante

KLAN0401492

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Vega Baja

Sobre: Cumplimiento Específico de Contrato y Daños y Perjuicios

Caso Civil Núm.

CD1998-1105

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, el Juez Brau Ramírez y la Jueza Fraticelli Torres.

Martínez Torres, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de marzo de 2006.

Universal Insurance Company nos solicita que revoquemos una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón (Hon. Luis Gonzalo de Jesús Rivera, Juez), el 22 de noviembre de 2004. En la referida sentencia, el tribunal a quo declaró Con Lugar la demanda de epígrafe y condenó a la parte demandada al pago de $20,000, por concepto del valor de la propiedad asegurada hurtada y $5,500 por concepto de intereses, gastos y honorarios de abogado.

La parte demandada-apelante presentó un proyecto de exposición narrativa de la prueba, el cual aceptamos, debido

que no fue objetado por la parte demandante-apelada. A la fecha de hoy la parte demandante-apelada no ha presentado su alegato, aún cuando el 24 de octubre de 2005 le concedimos un término de treinta (30) días para hacerlo. Por lo tanto, procedemos a resolver el recurso de apelación sin el beneficio de su comparecencia.

Por los fundamentos expuestos a continuación, revocamos la sentencia apelada.

I

El 20 de octubre de 1998, Guillermo Morales Ruiz h/n/c Midway Truck & Trailer Sales, Co. c/p Midway Truck (en adelante, denominados en conjunto como la parte demandante-apelada) presentó una demanda contra Universal Insurance Company (en adelante, Universal) por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios, luego que ésta le denegó la cubierta de la póliza expedida a favor de la parte demandante-apelada, bajo la cláusula de “false pretense” del contrato, que excluía situaciones como la acontecida en ese caso.

Los hechos en los cuales se funda la alegada reclamación consisten en que el 14 de abril de 1998, a las 12:15 p.m., se personó al “dealer” co-demandado, Midway Truck & Trailer Sales (en adelante, Midway) un supuesto comprador, quien estaba interesado en comprar una guagua Ford tipo “pick-up”, de cabina y media, color blanca y a la cual no se le había adherido la tabilla. Al comprador potencial lo atendió el codemandante, Sr. Guillermo Morales Ruiz. El comprador potencial solicitó que se le permitiera probar el vehículo. Acto seguido, el Sr. Morales encendió el motor del vehículo y le indicó al caballero que iría a su oficina a buscar una tablilla de demostración para poder hacer una prueba en la carretera. Al regresar de su oficina, el Sr. Morales se percató de que el alegado comprador se había marchado del lugar y se había llevado el vehículo sin dejar información sobre su persona. Luego de esperar un tiempo razonable para ver si éste devolvía el vehículo y de un intento infructuoso por parte del Sr. Morales de lanzarse a la calle a buscarlo, notificó a la policía sobre lo acontecido.

El 16 de diciembre de 1998, Universal contestó la demanda en la que levantó, entre otras defensas afirmativas, que su responsabilidad estaba limitada por las cláusulas, condiciones, límites y deducibles de la póliza de seguro expedida a favor de Midway. Por su parte, el demandante-apelado presentó una solicitud de sentencia sumaria el 30 de agosto de 1999. De forma simultánea con dicha solicitud, Universal presentó también una solicitud de sentencia sumaria. En ella indicó que la cubierta de la póliza a favor de Midway fue denegada debido a que tenía una cláusula de exclusión, conocida como “false pretense”, que niega la cobertura en situaciones donde el asegurado participa voluntariamente con el supuesto comprador en el robo de la propiedad asegurada o donde este último logra apropiarse de ella mediante falsas representaciones. Posteriormente, la parte demandante-apelada presentó una réplica a la solicitud de sentencia sumaria de Universal. En ésta, adujo que la cláusula de “false pretense”

se encuentra en la Sección IV de la póliza sobre “Physical Damage Coverage”, razón por la cual no aplica en este caso, el cual trata sobre el hurto de un vehículo.

El 1ro de junio de 2000 — notificada el día 5 de ese mismo mes y año— el Tribunal de Primera Instancia emitió una resolución en la que declaró no ha lugar la solicitud de sentencia sumaria presentada por Universal. El 7 de julio de 2000, Universal solicitó una reconsideración de dicha resolución, la cual fue acogida por el foro de instancia el 13 de julio de ese mismo año. Mediante resolución enmendada de 27 de noviembre de 2000 —notificada el 24 de enero de 2001— el Tribunal de Primera Instancia reconsideró su dictamen anterior y declaró con lugar la solicitud de sentencia sumaria de Universal y, por consiguiente, sin lugar la solicitud de la parte demandante-apelada.

Inconforme con dicha determinación, el 22 de febrero de 2001 la parte demandante-apelada acudió ante nos mediante el recurso de apelación KLAN01-00183. El 19 de abril de 2001, otra curia de este Tribunal revocó el dictamen del Tribunal de Primera Instancia porque actuó sin jurisdicción al acoger la solicitud de reconsideración presentada tardíamente por Universal y emitir la sentencia sumaria del 27 de noviembre de 2000. Así pues, se dejó sin efecto la referida sentencia y se devolvió el caso al foro de origen para la continuación de los procedimientos. Oportunamente, Universal presentó una solicitud de reconsideración y desestimación, la cual se declaró sin lugar.

Luego de celebrada la conferencia con antelación al juicio y de varios incidentes procesales ante el foro de primera instancia, se celebró la vista en su fondo. Por la parte demandante-apelada, testificó el co-demandante, Sr. Guillermo Morales Ruiz y por la parte demandada-apelante, el perito Walter Bothwell, quien declaró ampliamente sobre el significado de la cláusula de “false pretense” incluida en la póliza expedida a favor de Midway.

El 22 de noviembre de 2004, el Tribunal de Primera Instancia emitió la sentencia apelada en la que declaró no ha lugar la demanda de epígrafe. En síntesis, resolvió que el asunto de la interpretación de la cubierta de la póliza ya había sido resuelto en su resolución del 1ro de junio de 2000, la cual permanecía vigente, toda vez que este Tribunal revocó su resolución del 27 de noviembre de 2000, en la cual se le daba la razón a la parte demandada-apelante. Indicó que, debido a ello, dicha parte estaba impedida de litigar dicho asunto nuevamente y quedaba sólo por resolver la cuantía de los daños.

Inconforme con dicha determinación, Universal acude ante nos mediante el presente recurso en el que alega la comisión de los siguientes errores:

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