Sentencia de Tribunal Apelativo de 3 de Abril de 2006, número de resolución KLCE200600196
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE200600196 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2006 |
LEXTCA20060403-02 Merced Rivera v. Acevedo Acevedo
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES
REGION JUDICIAL DE CAGUAS
TEOFILO MERCED RIVERA RECURRIDO VS VIRGINIA ACEVEDO ACEVEDO PETICIONARIA | KLCE200600196 | CETIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de CAGUAS Caso Núm: EDI200400473 Sobre: DIVORCIO | ||||
Panel integrado por su presidente, la juez Pesante Martínez, la juez Feliciano Acevedo y el juez Escribano Medina
Escribano Medina, Juez Ponente
R E S O L U C I Ó N
En San Juan, Puerto Rico a 3 de abril de 2006.
Comparece ante nos, mediante solicitud de certiorari, la Sra. Virginia Avecedo Acevedo (la parte peticionaria), y nos solicita que revisemos cierto dictamen titulado Orden y Determinación de 30 de diciembre de 2005, notificado el 12 de enero de 2006, que fue dictado por el Hon. Angel L. Díaz del Valle, Juez del Tribunal de Primera Instancia (TPI), Sala Superior de Caguas. Entre los asuntos resueltos en el referido dictamen, se encuentra la expresión del TPI a los efectos de que entiende razonable la pensión alimentaria
pendente lite, por la suma de $2,500.00, que
recibe la parte peticionaria desde marzo de 2005.
Inconforme con dicha determinación, la parte peticionaria le señaló al TPI como único error en su petición de certiorari el que precisamente entendiera razonable la cuantía fijada por concepto de pensión alimentaria pendente lite.
Habiendo examinado los argumentos presentados por la parte peticionaria, y aún sin contar con el beneficio de la comparecencia del Sr. Teófilo Merced Rivera (la parte recurrida), denegamos la expedición del auto solicitado.
Advertimos de entrada que tanto los hechos pertinentes como el derecho aplicable a la resolución del recurso presentado por la parte peticionaria guarda íntima relación con lo discutido y expresado ya antes por este Foro en cierta resolución que emitiéramos el pasado 8 de febrero de 2006 en el caso Teófilo Merced Rivera v. Virginia Acevedo Acevedo, KLCE2006-0059. En el referido dictamen tomamos cuenta de que la parte recurrida, Teófilo Merced Rivera, presentó una demanda de divorcio en contra de la parte peticionaria. También, que en ocasión posterior, la parte peticionaria presentó una demanda en solicitud de alimentos pendente lite en contra de aquél. Además, advertimos que en dicho escrito, como en unos ulteriores, la parte peticionaria ha reclamado el pago de una partida...
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