Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Abril de 2006, número de resolución KLAN200600141

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200600141
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución11 de Abril de 2006

LEXTCA20060411-07 Hernández Roche v.

ELA

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL X

WANDA HERNÁNDEZ ROCHE WILLIAM HERNÁNDEZ ROCHE Apelantes
v
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Apelado
KLAN200600141
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm: JAC2004-0965 Sobre: Impugnación de Confiscación

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Colón Birriel y la Jueza Hernández Torres

Colón Birriel, Juez

S E N T E N C IA

En San Juan, Puerto Rico a 11 de abril de 2006.

-I-

Wanda I. Hernández Roche y William Hernández Roche (los “apelantes”) solicitan la revocación de la Sentencia dictada el 23 de diciembre de 2005, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce (Honorable Nereida Cortés González), en el caso Wanda I. Hernández Roche y William Hernández Roche v.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Civil Núm. JAC2004-0965, sobre: impugnación de confiscación. Mediante el dictamen, archivado en los autos copia de su notificación el 4 de enero de

2006, el foro de instancia declaró

No Ha Lugar la demanda sobre impugnación de confiscación de los apelantes contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (el “ELA”), desestimando su reclamación sin especial imposición de gastos, costas u honorarios de abogado.

Oportunamente, el 18 de enero de 2006, los apelantes solicitaron reconsideración. En Resolución de 24 de enero de 2006, notificada el 26 de ese mes y año, el foro recurrido declaró No Ha Lugar a la reconsideración.

Concedimos término al ELA para presentar su alegato, quien ha comparecido.

Resolvemos con el beneficio de las comparecencias, del derecho y la jurisprudencia aplicable, no sin antes exponer lo acontecido.

-II-

Como consecuencia de una confidencia recibida en la División de Control del Vicio de la Policía de Puerto Rico, Área Sur, en torno a posibles violaciones al juego ilegal de la bolita, el agente Nelson Ortiz Ortiz adscrito a dicha división, realizó varias observaciones en las residencias número 5 y 6 ubicadas en la calle Yaguex del Sector Cerrillo Hoyos del Barrio Cotto Laurel en el municipio de Ponce. A raíz de sus observaciones, concluyó que el coapelante, señor William Hernández Roche realizaba actividades del juego ilegal de la bolita utilizando la residencia. Posteriormente, solicitó una orden de allanamiento contra la mencionada residencia la cual fue expedida el 19 de octubre de 2004.

El 26 de octubre de 2004, se diligenció la Orden de Allanamiento en la residencia del coapelante, señor Hernández Roche, incautándose material

relacionado con el juego de la bolita, consistente de una libreta con hojas de papel amarillo con nombres de diferentes personas y anotaciones a su derecha de cantidades de cuadre ilegal del referido juego. A consecuencia de la incautación, se presentaron cargos contra el señor Hernández Roche y su compañera, la señora Camila Robledo Guzmán, por violación a la Sección 10 de la Ley Núm. 220 del 15 de mayo de 1948, conocida como la Ley de Bolita.1 Además, en la residencia se ocupó y confiscó dinero en efectivo, así como el vehículo de motor marca Mitsubishi, Montero, año 1999, tablilla DHK-852, inscrito a nombre de la coapelante, señora Wanda I. Hernández Roche, por haber sido utilizado en violación a la referida Ley, en fechas anteriores, conforme al resultado de la vigilancia a la residencia objeto del allanamiento. Oportunamente, el ELA por conducto del Secretario de Justicia, notificó la confiscación del vehículo a...

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