Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Mayo de 2006, número de resolución KLAN200600553

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200600553
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2006

LEXTCA20060517-09 Trafalgar Enterprises Inc. v. Ponce Bank

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

TRAFALGAR ENTERPRISES, INC. Apelante V. PONCE BANK; BANCO BILBAO VIZCAYA PUERTO RICO Apelados KLAN200600553 A P E L A C I Ó N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón SOBRE: SENTENCIA DECLARATORIA, ETC. Caso Núm. DAC2004-3107 (503)

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago, el Juez Miranda De Hostos y la Jueza Pabón Charneco

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de mayo de 2006.

La apelante Trafalgar Enterprises, Inc. (en adelante Trafalgar), acude de una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, que desestimó su demanda sobre sentencia declaratoria, presentada contra los apelados Ponce Bank y Banco Bilbao Vizcaya de Puerto Rico (en adelante BBVA et als.), por no proceder en derecho.

Alega en síntesis la apelante que el foro de instancia incidió al desestimar la demanda sobre sentencia declaratoria presentada contra el apelado BBVA et als.; y al declarar sin lugar su moción solicitando sentencia sumaria, sin expresar los fundamentos para ello.

Se confirma la sentencia apelada sin mayores trámites al respecto. Regla 53.11 de Procedimiento Civil, 32 L.P.R.A. Ap. III. Veamos porqué.

I

Los hechos del presente litigio tuvieron su origen el 2 de septiembre de 2004, cuando la apelante Trafalgar, interpuso una demanda sobre sentencia declaratoria en contra de Ponce Bank y el Banco Bilbao Vizcaya. Solicitó en síntesis que, se declararan los derechos de las partes, decretando la nulidad y el carácter ultra vires de una orden de ejecución emitida en su contra y a favor de los apelados, en un pleito previo sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca del caso DCD1996-0116. (Ap. 1(a), págs. 14-23.) A su vez, el 3 de septiembre de 2004, la apelante presentó ante la Corte de Quiebra de Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico, una petición para acogerse a los beneficios del Capítulo 11 de la Ley de Quiebra federal. En igual fecha, el Tribunal de Quiebra emitió orden de paralización sobre el comienzo o continuación de cualquier procedimiento judicial en contra del deudor aquí apelante o de cualquier ejecución de sentencia en su contra (Ap. 1(g), pág. 41.)

El 29 de septiembre de 2004, el apelado Banco Bilbao Vizcaya presentó una “Moción en Solicitud de Desestimación y/o Paralización” en la que, entre otros extremos, informó que el 3 de septiembre de 2004, la apelante había presentado una petición de quiebra ante la Corte de Quiebra y que en vista de ello dicho tribunal había emitido orden: “Notice of Filing Petition in Bankruptcy Under Chapter 11 and of Automatic Stay of Suits”. (Ap. 1(g), págs. 31-43.) Por su parte, la apelante se opuso a tal solicitud, alegando en síntesis que las acciones en las que “el deudor en quiebra es la parte demandante no quedan paralizadas por la presentación de la quiebra”. (Ap.

1(h), pág. 48.)

Así las cosas, el tribunal de instancia dictó sentencia el 20 de octubre de 2004, mediante la cual ordenó el archivo de la demanda sin perjuicio, amparándose en la presentación de la quiebra de la apelante, ante el foro federal. (Ap. 1(l), págs. 64-65.)

Inconforme, la apelante Trafalgar acudió ante este foro apelativo, mediante recurso de apelación, sosteniendo que el foro de instancia había errado al desestimar su demanda sobre sentencia declaratoria, sin perjuicio.

Mediante sentencia emitida el 17 de enero...

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