Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Mayo de 2006, número de resolución KLCE200501582

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200501582
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2006

LEXTCA20060526-09 Asunción Cardona García v. Rosario Mellado

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE CAROLINA, HUMACAO Y AIBONITO

ASUNCIÓN CARDONA GARCÍA, JOSÉ SANTIAGO CARDONA GARCÍA & WILLIAM CARDONA GARCÍA
PETICIONARIO
V.
ANA ROSARIO MELLADO GONZÁLEZ, LUIS RICARDO MELLADO GONZÁLEZ, HIJO, CARLOS MANUEL GONZÁLEZ ALVAREZ & MANUEL ALEJANDRO GONZÁLEZ ALVAREZ
RECURRIDO
KLCE200501582 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina CASO NÚM: FAC2003-2630 (407) SOBRE: IMPUGNACIÓN DE TESTAMENTO ABIERTO

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, la Juez Coll Martí y el Juez Soler Aquino.

Soler Aquino, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de mayo de 2006.

La peticionaria solicita que pasemos juicio de una resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia el 23 de septiembre de 2005, notificada a las partes el 14 de octubre de 2005, mediante la que ordenó la descalificación del Licenciado Ángel Pabón Mediavilla, como su representante legal. Alega que dicho foro erró al:

1. declarar con lugar la moción de descalificación, determinación cuya revisión se solicita, que contraviene y desatiende abiertamente la norma jurídica establecida por el Tribunal Supremo de Puerto Rico en materia de mociones de descalificación de abogados litigantes, al este haber por primera vez tenido la oportunidad de evaluar el alcance del canon 21 del Código de Ética Profesional, 4 L.P.R.A. Ap. IX, abusando con ello de su discreción.

2. promover con dicha determinación, mediante fiat judicial, el uso indebido y caprichoso de mociones de descalificación sin base jurídica alguna, con el sólo propósito de obstaculizar y paralizar los procedimientos, descansando las partes promoventes en premisas incorrectas que conducen a una conclusión errada.

Los demandantes peticionarios, Asunción Cardona García, José Cardona García y William Cardona García impugnan la validez legal del testamento otorgado por su hermana de vínculo sencillo, Doña Petra Mack García, quien falleció sin dejar herederos forzosos y declaró como sus herederos universales a varios sobrinos nietos y otros parientes lejanos.

La demandada recurrida sin someterse a la jurisdicción solicitó la descalificación del abogado de la demandante. Alega que existe un claro y serio conflicto de intereses, ya que el Licenciado Ángel Pabón Mediavilla representa a los codemandantes, Asunción y José...

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