Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Junio de 2006, número de resolución KLAN060181

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN060181
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Junio de 2006

LEXTCA20060612-02 Quiñones Pizarro v. Departamento de la Familia

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL XII

ANA ROSA QUIÑONES PIZARRO

Demandante-Apelante

v.

DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA

Demandada-Apelada

KLAN060181

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina

Sobre: Daños y Perjuicios

Caso Civil Núm.

FDP01-0136(0205)

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, el Juez Aponte Jiménez y la Jueza Cotto Vives.

Martínez Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2006.

Comparece ante nos la parte demandante-apelante, Ana Rosa Quiñones Pizarro y nos solicita que revoquemos la sentencia sumaria dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina (Hon. Luisa Lebrón Burgos, Juez), el 10 de enero de 2006. El tribunal declaró con lugar la sentencia sumaria presentada por la parte demandada-apelada, Departamento de la Familia, porque la causa de acción estaba prescrita. Insatisfecha con esta determinación, la parte apelante acude antes nos. Modificamos la sentencia del Tribunal de Primera Instancia para reinstalar aquellas reclamaciones de la demanda que no están prescritas. En

cambio, coincidimos con el tribunal a quo en que la reclamación por despido está prescrita.

I

La Sra. Quiñones Pizarro presentó demanda por daños y perjuicios el 2 de marzo de 2001, contra el Departamento de la Familia. En la demanda expresó que ocurrieron unos hechos por los cuales la acusaron de haber cometido asesinato en primer grado. Alegó entonces que debido a la publicación en el periódico de un artículo en el cual se señaló que había admitido su culpabilidad, fue destituida de su empleo el 7 de julio de 1997.

A raíz de ello, la Sra. Quiñones Pizarro acudió ante la extinta Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (JASAP) para impugnar esa determinación. El 21 de marzo de 2000, se declaró con lugar dicha solicitud, por lo cual la demandante-apelante, Quiñones Pizarro, fue reinstalada en su puesto el 13 de octubre de 2000. Debido a lo anterior, el Departamento de la Familia le emitió un cheque por los pagos correspondientes a los salarios dejados de percibir. La Sra. Quiñones Pizarro alegó, sin embargo, que aún le adeudaban $11,000, según lo ordenado por JASAP. También expresó que el ambiente de trabajo, después de ser reinstalada, fue uno negativo. Por ello solicitó que se le...

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