Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2006, número de resolución KLRA0400999
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA0400999 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2006 |
Aned I. Mori Sepúlveda Recurrente V. Departamento de Educación Recurrida | KLRA0400999 | Revisión Administrativa Caso Número: (M)IN-03-03-006 |
Panel integrado por su Presidenta, la Jueza Bajandas Vélez, el Juez Aponte Hernández y el Juez González Vargas
Aponte Hernández, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de junio de 2006.
La recurrente, señora Aned I. Mori Sepúlveda, nos solicita que revoquemos la resolución emitida el 21 de octubre de 2004 por la Junta de Apelaciones del Sistema de Educación. Mediante la misma, dicho foro declaró no ha lugar la apelación presentada por la recurrente, en la que ésta impugnaba el nombramiento como maestro de educación agrícola del señor José A. Rivera Rodríguez para la Escuela José B. Barceló Oliver del Distrito Escolar de Adjuntas.
Por los fundamentos que expondremos, se confirma la resolución recurrida.
I
El 9 de agosto de 2002, el Departamento de Educación (en adelante, Departamento) efectuó unas entrevistas para una convocatoria de reclutamiento especial para el puesto R-36239 de Maestro de Educación Agrícola, ubicado en la Escuela José B. Barceló Oliver del Distrito Escolar de Adjuntas, de la Región Educativa de Ponce. El Comité de Entrevistas estuvo compuesto por el señor Luis Cardona (Representante del Nivel Central), la señora Myrtelina Muñoz (Representante de la Región Educativa) y la señora Ramonita López (Directora Regional). A la entrevista asistieron cinco candidatos, entre los que se encontraba la recurrente, señora Aned I. Mori Sepúlveda (en adelante, Sra.
Mori). Una vez completado el proceso de entrevistas, se evaluó a los candidatos según unos criterios a los cuales se les asignó puntuación. Finalmente y como resultado del proceso, resultó seleccionado el señor José A.
Rivera Rodríguez (en adelante, Sr. Rivera).
El 14 de agosto de 2002, la Sra. Mori dirigió una carta al Comité de Impugnaciones del Departamento objetando el nombramiento del Sr. Rivera. Adujo ser ella la candidata más idónea para ocupar el puesto, en vista de que su preparación académica y experiencia laboral superaba las cualificaciones del candidato seleccionado. El 11 de febrero de 2003, el Secretario de Educación, César A. Rey, notificó por escrito a la Sra. Mori que el Comité de Impugnaciones había declarado no ha lugar la impugnación en cuestión. En dicha notificación, se le informó sobre su derecho de apelar la determinación ante la Junta de Apelaciones del Sistema de Educación Pública (en adelante, JASED).
La Sra. Mori presentó apelación ante JASED el 11 de marzo de 2003. Alegó, que el proceso de selección fue contrario a lo dispuesto en la Carta Circular Número 15-2001-2002, la cual establece las Normas que Regirán los Procesos de Reubicación, Reasignación, Traslado, Reclutamiento y Selección del Personal de las Escuelas de la Comunidad del Departamento de Educación para el Año Escolar 2002-2003. Ello, debido a que no se adjudicó puntuación alguna por los créditos en la especialidad del puesto vacante.
El 9 de mayo de 2003, el Departamento presentó su Contestación a Apelación ante JADED. En síntesis, indicó que el proceso de entrevista y nombramiento se realizó conforme a Derecho.
La vista en su fondo se celebró el 30 de marzo de 2004. El 21 de octubre de 2004 JASED emitió resolución. Mediante la misma, adoptó el informe rendido por el Oficial Examinador designado, licenciado Benito I. Rodríguez Massó, y declaró no ha lugar la apelación de la Sra. Mori. En el informe, que formó parte integral de la resolución, el Oficial Examinador hizo constar la prueba documental que fue estipulada por las partes, entre las que figuraban el Programa de Bachillerato en Ciencias Agrícolas con Concentración en Educación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba