Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2006, número de resolución KLAN060475

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN060475
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2006

LEXTCA20060831-52 Ferrer Rodríguez v. Meléndez Vázquez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL XII

LUIS ALBERTO FERRER RODRÍGUEZ por sí y en representación de su esposa FRANCÉS ESCALERA ENCARNACIÓN
Demandantes
v.
JUAN MANUEL MELÉNDEZ VÁZQUEZ su esposa CARLITA MAGALIA CONTRERAS POLANCO y la Sociedad Legal de Gananciales que componen: GREAT ATLANTIC MORTGAGE CORPORATION; DORAL FINANCIAL; COMPAÑÍA “X” DE SEGUROS DE TÍTULOS DE NOMBRE DESCONOCIDO; COMPAÑÍAS ASEGURADORAS “Y” Y “Z” DE NOMBRES DESCONOCIDOS; JOHNNY COLÓN RODRÍGUEZ, su esposa VIOLETA JIMÉNEZ VÁZQUEZ y la Sociedad Legal de Gananciales que componen; JOHN Y RICHARD DOE DEMANDADOS DE NOMBRES DESCONOCIDOS
Demandados
____________________________
DORAL FINANCIAL CORPORATION
Demandantes
v.
LUIS ALBERTO FERRER RODRÍGUEZ, T/C/C LUIS A. FERRER RODRÍGUEZ, su esposa FRANCÉS ENID ESCALERA ENCARNACIÓN y la Sociedad Legal de Gananciales constituida por ambos
Demandados
KLAN060475
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Sobre: Resolución de Contrato por Vicios en el Consentimiento Caso Civil Núm. FDP04-0420(407) _______________ ___________________ Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca Caso Civil Núm. FCD2004-1351 (401)

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, el Juez Aponte Jiménez y la Jueza Cotto Vives.

Martínez Torres, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2006.

Los demandantes-apelantes, Luis Alberto Ferrer Rodríguez y Frances Escalera Encarnación, acuden en apelación de dos sentencias sumarias parciales dictadas por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina (Hon. María del Carmen Martínez Lugo, Juez), la primera fechada el 23 de enero de 2006 y la otra de 14 de febrero de 2006. La primera sentencia parcial emitida desestimó la demanda presentada en contra de la codemandada-apelada, Doral Financial Corp. (en adelante, Doral). La otra sentencia acogió la moción de sentencia sumaria presentada por Doral contra los apelantes.

Por estar inconforme con ambas determinaciones los demandantes-apelantes acuden antes nos. Luego de estudiar la comparecencia de ambas partes, confirmamos las sentencias apeladas.

I

Los esposos Ferrer y Escalera, adquirieron de los codemandados Sr. Juan Manuel Meléndez y Sra. Carla Magalia Contreras Polanco, un inmueble localizado en Carolina el 18 de agosto de 2000, mediante contrato de compraventa, por escritura pública. El precio pactado fue de $105,000.

Para adquirir la propiedad, los demandantes obtuvieron un préstamo hipotecario garantizado por la Federal Housing Administration (FHA) a la Great Atlantic Mortgage Corp. El Sr. Johnny Colón llevó a cabo la inspección y tasación del inmueble. En la misma fecha de la compraventa, los demandantes-apelantes, suscribieron un pagaré hipotecario por la suma principal de $104,946, con intereses al 8½% anual, garantizándolo con hipoteca, mediante la escritura número 755. Dicho pagaré fue cedido, negociado o transferido a Doral.

Los demandantes-apelantes se mudaron a la propiedad adquirida con sus tres hijos. Después de seis meses de estar viviendo allí, empezaron a notar que se estaba filtrando agua al techo de su casa y que éste se estaba agrietando.

Pronto, el empañetado del techo comenzó a desprenderse. El Sr. Ferrer le notificó este hecho a Doral, pero no recibió respuesta.

Subsiguientemente, el demandante-apelante, Ferrer, llevó al Ing. Wilfredo Walters para que inspeccionara su casa. El Ing. Walters, según alegan los apelantes, opinó que el problema del techo era severo y que intencionalmente se había reparado superficialmente, es decir, con el propósito de que no se dieran cuenta de sus verdaderas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR