Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Septiembre de 2006, número de resolución KLAN0600704

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0600704
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2006

LEXTCA20060908-06 Caribbean General Group,Inc. v. Corozal

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

CARIBBEAN GENERAL GROUP, INC. Demandante-Apelado v. GOBIERNO MUNICIPAL DE COROZAL REPRESENTADO POR SU ALCALDE HONORABLE ROBERTO HERNÁNDEZ Demandados-Apelante
KLAN0600704
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Civil Núm. DAL2005-1979 (502) Sobre: Arbitrios de Construcción, Patentes Municipales

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, y los Jueces Coll Martí y Salas Soler

Salas Soler, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 8 de septiembre de 2006.

Acude ante nos, el Gobierno Municipal de Corozal, representado por su Alcalde, Honorable Roberto Hernández (en lo sucesivo, Apelante o el Municipio), en apelación de la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia de Bayamón (en lo sucesivo, TPI) el 27 de abril de 2006, registrada, archivada en autos y notificada el 5 de mayo de 2006. El TPI concedió el remedio solicitado por Caribbean General Group, Inc., Demandante-Apelada (en lo sucesivo, CGG o Apelada), determinando que CGG saldó la deuda

total que tenía con la Apelante con relación a los arbitrios de construcción y patentes correspondientes al Proyecto Parcelas Medina, en la PR-803 del Municipio de Corozal.

El foro de instancia, luego de celebrar una vista el 30 de marzo de 2006, en la que se presentó evidencia, hizo las siguientes:

I

Determinaciones de Hechos

“1. El 5 de abril de 2004 personal de Caribbean, junto a personal del Programa de Comunidades Especiales, personal del Municipio de Corozal y líderes comunitarios de Parcelas Medinas en Corozal, se reunieron y acordaron unos cambios de órdenes en la subasta adjudicada para conformarla a las necesidades de la comunidad y la deficiencia en labores no realizadas por el municipio en el área de los baños del parque. La construcción no comenzó ese día debido a ello.” Énfasis suplido.

“2. El área a construirse no estaba apta pues se convirtió en un depósito de chatarra, donde se depositaba basura ilegalmente y el caparazón de autos desmantelados, dado la altura de la yerba y la topografía del terreno (sic).”

“3. Caribbean previo al comienzo de las labores de construcción subastada removió gratuitamente ese vertedero ilegal. Esa labor la realizó como servicio comunitario, sin recibir remuneración por ello.” Énfasis suplido.

“4. El 20 de julio de 2004 acordados los cambios de órdenes a la subasta Caribbean comenzó a realizar los trabajos de construcción.” Énfasis suplido.

“5. El 22 de julio de 2004 Caribbean presentó en la oficina de Finanzas del municipio solicitud de prórroga para el pago de arbitrios y patentes correspondientes al Proyecto de Parcelas Medina.”

“6.

Los documentos fueron aceptados, más no el pago, toda vez que la única persona autorizada a recibir el pago era la Directora de Finanzas1 y se encontraba de vacaciones. Personal del municipio instruyó a Caribbean para que realizara el pago durante el mes siguiente, agosto.”

“7. El 10 de agosto de 2004 Caribbean compareció nuevamente a la Oficina de Finanzas del municipio, presentó nuevamente el documento de fecha 20 de julio de 2004 sobre solicitud de prórroga, pues el mismo se había extraviado en la Oficina de Finanzas. Además, realizó el primer pago del plan de pago propuesto, es decir $7,301.50 que se desglosaban como sigue:

1) $6,490.00 como primer pago de arbitrios;

2) $811.50 como el primer pago de patentes.2

“8.

Ambos pagos se realizaron para el año económico 2003-2004, (sic) según se desprende del recibo.3

Caribbean acordó verbalmente con el Municipio que se firmaría un plan de pago.

Nunca fue notificado dicho plan de pago.”

9. El 7 de septiembre de...

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