Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Septiembre de 2006, número de resolución KLCE06 0829

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE06 0829
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2006

LEXTCA20060911-12 Rivera Febus v. Elmendorf Color,Inc. ET Al

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL XI

REGION JUDICIAL DE CAGUAS

NEREIDA RIVERA FEBUS Querellante v. ELMENDORF COLORS, INC., ET AL. Querellada KLCE06 0829 KLCE06 0935 Certiorari Procedente del Tribunal de Instancia, Sala Superior de Caguas CASO NO. EPE96-0399 (401) RECLAMACIÓN SALARIOS PROCEDIMIENTO SUMARIO

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez, la Juez Feliciano Acevedo y el Juez Escribano Medina.

Pesante Martínez, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 11 de septiembre de 2006.

Nuevamente tenemos ante nuestra atención asuntos relacionados con la reclamación laboral y por discrimen que presentára la señora Nereida Rivera Febus contra su anterior patrono Elmendorff Colors, Inc., y otros. Luego de muchos escritos y recursos presentados ante este foro apelativo intermedio y ante el Tribunal Supremo se pensó que la adjudicación de derechos y responsabilidades entre las partes había concluido y que cada parte iba atenerse a lo resuelto. Ahora resulta, que también los abogados que representan, o en un momento representaron a una de las partes, están litigando por sus honorarios; pero no en el tono y con la deferencia que se deben reclamar derechos a los que se creen acreedores. Más aún, creemos que las dificultades procesales que se suscitaron en las ocasiones anteriores fue causada por la animosidad entre abogados.

En esta ocasión nos toca resolver sendos recursos de certiorari, ambos relacionados con la cuantía de los honorarios de abogados. En el recurso identificado alfanuméricamente KLCE2006-0829, la parte peticionaria lo es el señor Carlos E. Soutto Colón, quien fuera abogado de la señora Rivera Febus en las etapas preparatorias antes del juicio y que atendió asuntos, entre otros, relacionados al descubrimiento de prueba. El señor Soutto Colón no pudo concluir el caso por razón de haber sido suspendido indefinidamente del ejercicio de la abogacía por serias violaciones al proceder ético. En su recurso procura una compensación mayor a la otorgada por el TPI por concepto de honorarios de abogados. Reclama, que además del 25% de la compensación base otorgada a la obrera querellante, se debió aprobar el memorando de honorarios de facturación por hora que sometió. Lo anterior dada la complejidad del caso, el trabajo extraordinario realizado y los resultados obtenidos, entre otros criterios jurisprudencialmente establecidos.

El segundo recurso certiorari, identificado como el KLCE2006-0935 fue presentado por el patrono demandado, Elmedorff Colors, Inc... En él se señaló error del TPI al computar el 25% en honorarios de abogados, incluyendo las partidas de penalidades por concepto de horas extras, vacaciones y hora de alimento cuando ello debió limitarse a la compensación base concedida a la querellante.

Por los fundamentos que más adelante habremos de exponer, expedimos...

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