Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Septiembre de 2006, número de resolución KLCE0601156

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0601156
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2006

LEXTCA20060922-08 Díaz v. Royal Siam Corp.,Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIONAL JUDICIAL DE CAROLINA-PANEL XI

ANTONIO LUIS DIAZ Recurrido-Demandante v. ROYAL SIAM CORP., INC., representada por DARANEE KULLATHAM Peticionario-Demandado KLCE0601156 Certiorari Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina CIVIL NUM. FPE20051062 SOBRE: DESAHUCIO

Panel integrado por su presidente, el Juez Ortiz Carrión, la Juez Feliciano Acevedo y la Jueza Fraticelli Torres.

Feliciano Acevedo, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 22 de septiembre de 2006.

Mediante recurso de Certiorari presentado el 28 de agosto de 2006, comparece Royal Siam, Inc. (en adelante peticionaria). Nos solicita que revisemos la Resolución emitida y notificada el 18 y 31 de julio de 2006, respectivamente, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (TPI). Entre otros particulares, la Resolución recurrida declaró

“Con Lugar” la solicitud de lanzamiento presentada por el Sr. Antonio Luís Díaz (en adelante recurrido), y declaró “No Ha Lugar” la “Moción Solicitando Relevo de Representación Legal” presentada por la peticionaria.

Por los fundamentos que exponemos a continuación, se deniega la expedición del auto solicitado.

I.

El recurrido instó demanda sobre desahucio contra la peticionaria. En síntesis, alegó que la peticionaria dejó de pagar los cánones de arrendamiento pactados, incurriendo con ello en incumplimiento del contrato de arrendamiento que daba lugar a la resolución del mismo y a solicitar el desahucio. El recurrido reclamó, a su vez, una partida por concepto de cánones de arrendamiento adeudados.

La peticionaria contestó la demanda en su contra y negó la deuda en cuanto a los cánones de arrendamiento. Además, acompañó su contestación de una reconvención sobre incumplimiento del contrato de arrendamiento por parte del recurrido como arrendador.

El TPI dictó sentencia, mediante la cual decretó el desahucio solicitado por el recurrido. Además, le impuso a la peticionaria el pago de ochenta y dos mil seiscientos noventa y tres dólares con cincuenta centavos ($82,693.50) a favor del recurrido por concepto de cánones adeudados, cinco mil dólares mensuales ($5,000.00) hasta que desaloje la propiedad y dos mil dólares ($2,000.00) para el pago de costas y honorarios de abogado.

Insatisfecha, el 6 de marzo de 2006, la peticionaria presentó un recurso de Apelación ante este foro apelativo intermedio (KLAN2006-00263). Mediante Sentencia emitida el 28 de abril de 2006, este foro apelativo desestimó dicho recurso por falta de jurisdicción, al no someter la peticionaria la fianza...

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