Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2006, número de resolución KLRA0600005

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0600005
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2006

LEXTCA20060928-04 Telefónica Data USA v. Junta de Reconsideración

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIONAL JUDICIAL DE SAN JUAN

Panel I

TELEFÓNICA DATA USA, INC. Recurrente v. JUNTA DE RECONSIDERACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES; MICHICA INTERNATIONAL CO., INC.; JUNTA DE SUBASTA DE LA POLICÍA DE PUERTO RICO; ECOLIFT CORP.; AVANT TECHNOLOGIES OF P.R., INC.; GUARDIAN ELECTRONICS SECURITY SERVICES Recurridos ECOLIFT, CORP. Parte Recurrente v. JUNTA DE RECONSIDERACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS GENERALES; POLICÍA DE PUERTO RICO, JUNTA DE SUBASTAS Parte Recurrida TELEFÓNICA DE LA USA, INC. Licitador Agraciado AVANT TECHNOLOGIES OF PR, INC.; MICHICA INTERNATIONAL CO, INC.; GUARDIAN ELECTRONICS SECURITY SERVICES Licitadores
KLRA0600005
KLRA0600016
REVISIÓN ADMINISTRATIVA procedente de la Junta de Reconsideración de la Administración de Servicios Generales Sobre: Adjudicación de Subasta Núm. 2006-003-021, Cámaras de Vídeo para Patrullas de la Junta de Subastas de la Policía de Puerto Rico

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Rodríguez de Oronoz, el Juez López Feliciano y la Jueza García García

López Feliciano, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2006.

Mediante resolución emitida el 20 de abril de 2006 ordenamos a la Junta de Reconsideración de la Administración de Servicios Generales, en adelante la Junta de Reconsideración, emitir y notificar a todas las partes con interés una resolución fundamentada en torno a la adjudicación de la subasta número 2006-003-021 de la Policía de Puerto Rico, en adelante “la Policía”, para la compra de cámaras de video para las patrullas.

Habiendo cumplido la Junta de Reconsideración con lo ordenado, resolvemos el presente caso en los méritos.

I.

Ecolift, Corp. y Telefónica Data USA comparecen ante este Tribunal de Apelaciones mediante los recursos KLRA200600005 y KLRA200600016, y solicitan que revoquemos la resolución emitida el 28 de diciembre de 2005 por la Junta de Reconsideración. En dicha resolución se declaró con lugar la impugnación de la Subasta Número 2006-003-021 de la Policía presentada por Michica International, Corp., adjudicándole la buena pro de la misma.

Ecolift Corp. presentó, además, una moción en auxilio de nuestra jurisdicción para que ordenáramos a la Policía detener inmediatamente la compra de cámaras de video para las patrullas que fueron objeto de la referida subasta, hasta tanto se resolviera la revisión presentada. En atención a dicha moción, el 12 de enero de 2006 emitimos una resolución ordenando a la Junta de Subastas de la Policía y a la Junta de Reconsideración, así como a cualquier agente de éstas, abstenerse de poner en vigor la adjudicación de la Subasta Núm. 2006-003-021.

Con el beneficio de la comparecencia de Ecolift Corp., la Policía, Michica International Corp. y Telefónica Data USA hemos dado por sometido el recurso y procedemos a continuación a disponer del mismo.

II.

La División de Compras de la Policía emitió la Invitación a Subasta Formal, Núm. 2005-003-031, para la adquisición de cámaras de video digital a ser instaladas en las patrullas de la policía. El 25 de febrero de 2005 se notificó a los licitadores que se dejaba sin efecto la subasta en todas sus partidas porque, entre otras cosas, porque necesitaban incluir condiciones adicionales relacionadas con la garantía específica de algunos equipos y términos definidos para que se honrara la garantía de éstos; y, además, porque se omitió invitar a un licitador bonafide.

Posteriormente, el 31 de agosto de 2005, la División de Compras de la Policía emitió una Invitación a Pre-Subasta, Número 2006-003-021, con nuevas especificaciones –“Request for Proposal”- para la adquisición de las referidas cámaras de video. Estas especificaciones fueron totalmente distintas a las previamente anunciadas.

Se celebró una reunión compulsoria pre-subasta el 1 de septiembre de 2005, a la que comparecieron aproximadamente veinte (20) licitadores. En dicha reunión se les solicitó que sometieran por escrito antes del 6 de septiembre de 2005 todas las preguntas que tuvieran sobre la subasta. Algunos de los licitadores sometieron documentos con sus dudas y comentarios sobre las especificaciones de la subasta. El 8 de septiembre siguiente la Policía de Puerto Rico notificó a los licitadores unas nuevas especificaciones.

Tanto Ecolift Corp. como Michica International Co., Inc. sostienen en sus alegaciones que los cambios en estas nuevas especificaciones limitaba que “los videos fuesen grabados y descargados utilizando solamente el sistema DVD-Ram, producto que es manufacturado por Kustom Signals y distribuido en Puerto Rico exclusivamente por T-Data.” Ante el reclamo de los licitadores, el 12 de septiembre de 2005 la Policía notificó una enmienda a las especificaciones en cuanto al aspecto cuestionado.

Abierta formalmente la subasta Núm. 2006-003-021 el 14 de septiembre de 2005, licitaron las siguientes cinco (5) compañías: Ecolift Corp. (Ecolift); Michica International Co., Inc. (Michica); Avant Technologies of Puerto Rico, Inc. (Avant); Telefónica Data USA, Inc. (T-Data); y, Guardian Electronics Security Services (Guardian).

Un día después, el 15 de septiembre de 2005, el Negociado de Tecnología de la Policía informó mediante comunicación escrita al Director de la División de Compras y Suministros los resultados de la evaluación técnica realizada a las licitaciones ofrecidas. A base de las observaciones sometidas, sólo T-Data y Guardian cumplían con todos los requerimientos de la subasta. Específicamente se concluyó lo siguiente:

“1. Ecolift – No cumple con el mecanismo de transferencia requerida. No cumple con la presentación del “bid bond”. No cumple con la presentación del plan de trabajo. No provee información de garantías solicitadas. No somete pliego de subasta requerido. No cumple con el requisito de cincuenta unidades o más instaladas en una jurisdicción. No cumple con la combinación mínima requerida bajo el formato MPEG. No cumple con la capacidad de almacenaje requeridas en los flash cards.

No cumple con incluir los tres flash card requeridos por patrulla. No cumple con el período de garantía solicitado. No presenta su oferta en el formulario o formato provisto para ello. Presenta alternativas que cambian, modifican o varían las condiciones requeridas.

2. Michica – No provee documentación requerida para documentar el equipo propuesto. No presenta solución del Content Management System para los diez precintos y el Cuartel General. No presenta solución para el Security Management System para los diez precintos y el Cuartel General. No presenta solución requerida para el Data Retention Server. No presenta solución para el Backup System en los diez precintos y el Cuarte General.

3. Avant – No provee el disco duro removible en la patrulla. No presenta solución requerida para el intercambio de información entre la patrulla y el precinto. Presenta alternativas que cambian, modifican o varían las condiciones requeridas. No provee capacidad para generar informes. No presenta solución requerida para el Content Management System. No cumple con los requerimientos del Security Management System. No incluye sistema requerido en el Video Management Server. No incluye sistema requerido en el Headquarter Retention Server. No incluye literatura, ni sistema requerido en la infraestructura de backup.

4. T-Data – Cumple con todos los requerimientos.

5. Guardian - Cumple con todos los requerimientos.”

Adoptadas las citadas conclusiones del Negociado de Tecnología, la Junta de Subastas de la Policía mediante el Acta Núm. 12 del 20 de septiembre de 2005 adjudicó todas las partidas de la subasta a T-Data, ya que alegadamente ésta cumplía con todas las especificaciones, condiciones y precio. Ese mismo día se emitió el Aviso de Adjudicación notificándole a los licitadores la decisión tomada.

El 26 de septiembre de 2005 Michica presentó un recurso ante la Junta de Reconsideración en el que impugnó la adjudicación de la subasta realizada por la Junta de Subastas de la Policía. Alegó que su oferta había sido rechazada indebidamente, ya que de la misma surgía que cumplió con todas las especificaciones requeridas y, además, su licitación era menor en precio que la presentada por el licitador agraciado. Solicitó la celebración de una vista evidenciaria y la revocación de la adjudicación de la subasta.

Acogida la reconsideración, la...

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