Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2006, número de resolución KLCE200600846
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE200600846 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Septiembre de 2006 |
EDIFICADORA, S.E. Peticionaria | | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil Núm. J PE2006-0472 K PE2006-2188 |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Rodríguez de Oronoz, el Juez Ramírez Nazario y el Juez Piñero González.
Piñero González, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2006.
Edificadora S.E. (en adelante, Edificadora) comparece ante nos mediante petición de certiorari, en la cual solicita la revocación de la sentencia parcial y orden de traslado dictada por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI) el 25 de mayo de 2006, copia de la cual fue archivada en autos el 1 de junio del mismo año. En la referida sentencia parcial, el TPI desestimó la solicitud de mandamus presentada por Edificadora y ordenó el traslado del caso de la Sala Superior de San Juan a la Sala Superior de Ponce.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, expedimos el auto de certiorari y confirmamos la sentencia parcial recurrida.
El 22 de mayo de 2006, Edificadora presentó una demanda sobre cobro de dinero en el TPI, Sala de San Juan, contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (en adelante, ELA) y el Departamento de Transportación y Obras Públicas (en adelante, DTOP), entre otros, reclamando el pago por unas obras de construcción que supuestamente completó conforme a lo acordado por las partes. Indicó que le fue adjudicada a su favor una subasta para ciertas obras de construcción a realizarse en el Municipio de Santa Isabel. El 6 de noviembre de 2003, Edificadora, el DTOP y el Director de Urbanismo del DTOP suscribieron un contrato por la suma global de $3,667,702.00. Edificadora alegó que no empece a que finalizó las obras pactadas en el susodicho contrato, el ELA y el DTOP no habían emitido el pago correspondiente aduciendo que carecían de fondos suficientes. Edificadora también solicitó la expedición de un mandamus ordenándole al DTOP a pagar la suma alegadamente adeudada.
Mediante la sentencia parcial...
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