Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Septiembre de 2006, número de resolución KLCE 00-4572

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE 00-4572
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2006

LEXTCA20060929-12 Reading Cinemas de PR Inc. v. Plaza Las Americas, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL II

READING CINEMAS DE PUERTO RICO, INC., haciendo negocios como CINEVISTA THEATERS Demandante v. PLAZA LAS AMÉRICAS, INC.; PLAZA DEL CARIBE, S.E.; JAIME FONALLEDAS RUBERT, en su capacidad individual Demandados-Peticionarios CARIBBEAN CINEMA CORPORATION; HATO REY CINEMA CORPORATION: REGENCY CARIBBEAN ENTERPRISES, INC.; 2000 CINEMAS CORPORATION; CARIBBEAN CINEMAS OF SAN PATRICIO, INC.; MONTEHIEDRA CINEMA CORPORATION; RIO HONDO CINEMA CORPORTION; CAGUAS CINEMA CORPORATION; METRO CINEMA CORPORATION; FAJARDO CINEMA CORPORATION; HUMACAO CINEMA CORPORATION; AGUADILLA CINEMA CORPORATION; YAUCO CINEMA CORPORATION; GUAYNABO TRI CINEMA CORPORATION; CARIBBEAN CINEMAS OF GUAYNABO CORPORATION; GUAYMA CINEMA CORPORATION; ISABELA CINEMA CORPORATION; VEGA ALTA CINEMA CORPORATION; MIRAMAR THEATER & FILMS CORPORATION; CINEMA MANAGEMENT OF PR, INC.; CORPORACIÓN A, haciendo negocios como CARIBBEAN CINEMAS EN PLAZA LAS AMERICAS; VICTOR CARRADY, en su capacidad individual; ROBERT CARRADY, en su capacidad individual Demandados-Recurridos
KLCE200600468
Certiorri procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan KAC2000-4572 (902)

Panel integrado por su presidente, la Jueza Rodríguez de Oronoz y los jueces González Vargas y Ramírez Nazario

Ramírez Nazario, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de septiembre de 2006.

Acuden ante nos Plaza Las Américas, Inc., Plaza del Caribe, S.E., y Jaime Fonalledas Rubert en su capacidad individual (en adelante conjuntamente “Plaza” o “la peticionaria”) mediante recurso de certiorari presentado el día 7 de abril de 2006. Nos solicitan que revoquemos la Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante TPI) el 1 de marzo de 2006 y notificada a las partes el 10 de marzo del mismo año. Mediante dicha resolución el TPI acogió una Moción de Reconsideración presentada por Caribbean Cinemas el 11 de julio de 2005 como una moción de relevo de sentencia al amparo de la Regla 49.2 de Procedimiento Civil, dejando sin efecto la Sentencia Parcial dictada por el TPI el 17 de junio de 2005.1

Los recurridos Caribbean Cinemas Corp., y otros, (en adelante “Caribbean Cinemas”), presentaron oportunamente su escrito en oposición a la solicitud de certiorari, el día 8 de mayo de 2006.

Por su parte, el 9 de mayo de 2006, Reading Cinemas de Puerto Rico, Inc., h/n/c CineVista Theaters, (en adelante “Reading Cinemas”), presentó Moción de la Parte Demandante Exponiendo Posición, mediante la cual suscribe los argumentos esbozados por Plaza en su solicitud de certiorari y solicita al Tribunal que se declare la misma Con Lugar.

Los fundamentos que exponemos a continuación apoyan nuestra determinación de expedir el auto de certiorari solicitado por Plaza y confirmar la resolución recurrida. Veamos los hechos procesales que dieron lugar al recurso que hoy nos ocupa.

I

El 17 de agosto de 2000 Reading Cinemas presentó demanda ante el TPI, Sala de San Juan, contra Plaza y Caribbean Cinemas por alegada violación a las leyes antimonopolísticas, cumplimiento específico, incumplimiento de contrato, contrato en daño a tercero, interferencia torticera con relaciones contractuales, violación de la Ley Núm. 75, daños y perjuicios, culpa in contrahendo y sentencia declaratoria.

Luego de los correspondientes trámites procesales, el día 13 de junio de 2005 Reading Cinemas y Plaza presentaron ante el TPI una Moción Informando Transacción y Desistimiento con perjuicio y relevo. Ambas partes llegaron a un acuerdo extrajudicial y confidencial para poner fin, en cuanto a Plaza, a todas las controversias a las que se refieren las alegaciones de la Demanda original y de la Demanda Enmendada. En la referida moción, solicitaron que se releve totalmente de responsabilidad económica o de cualquier otra naturaleza en derecho y equidad a Plaza, sus oficiales, directores, accionistas, empleados, agentes y abogados por todos los hechos y reclamaciones que tenga o hayan tenido o puedan en lo sucesivo tener, relacionados al presente caso. En adición, Reading Cinemas renunció para siempre a cualquier remedio y/o a cobrar u obtener cualesquiera tipos de compensación de Plaza. No obstante, Reading Cinemas se reservó el derecho de continuar el resto de su reclamación contra Caribbean Cinemas. Así las cosas, el TPI dictó Sentencia Parcial el 17 de junio de 2005, acogiendo el acuerdo de transacción y desestimando con perjuicio la Demanda Enmendada en cuanto a Plaza. Dicha sentencia parcial fue notificada a las partes el día 24 de junio de 2005.

Esta situación tomó por sorpresa a Caribbean Cinemas y el día 11 de julio de 2005 ésta presentó ante el TPI una moción de reconsideración. En la misma, solicitó que se le permitiera expresar sus planteamientos en cuanto a la moción de transacción y desistimiento, o que, en la alternativa, el TPI desestimara todas las causas de acción incoadas en contra de Caribbean Cinemas que estuvieran relacionadas al acuerdo de transacción alcanzado entre Reading Cinemas y Plaza. Además, solicitó que cualquier información pertinente a los términos de venta, permisos o concesiones otorgadas por Plaza a Reading Cinemas, relacionados al negocio de cines en Puerto Rico, y cualquier otra información pertinente a las alegaciones en el caso de instancia contenida en el acuerdo confidencial de transacción, sea compartida de inmediato con Caribbean Cinemas, por ser ésta indispensable para su defensa. Del expediente ante nos surge claramente que dicho acuerdo de transacción no le fue notificado a Caribbean Cinemas por las partes que lo otorgaron, y que ésta advino en conocimiento del mismo por razón de la notificación que hiciera el TPI el 24 de junio de 2005. Además, es importante mencionar que no fue hasta el día 28 de junio de 2005 que la peticionaria, a requerimiento de los abogados de Caribbean Cinemas, hizo entrega de una copia de la moción de transacción y desistimiento.

Por su parte, el día 21 de julio de 2005, Plaza radicó una Moción de Oposición a Reconsideración, alegando que la solicitud y...

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