Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Octubre de 2006, número de resolución KLCE0601140

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0601140
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2006

LEXTCA20061017-05 Waste-Tech, Inc. v. Efron

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN VI

WASTE-TECH, INC.
Recurrida
v.
DAVID EFRON H/N/C EFRON ASSOCIATES, ET AL, EFRON DORADO, S.E.
Peticionarios
KLCE0601140
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil Núm. DAC 2002-3807 Sobre. Incumplimiento de Contrato y Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Martínez, el Juez Rodríguez Muñiz y la Juez Jiménez Velázquez

Jiménez Velázquez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de octubre de 2006.

En la presente Petición de Certiorari se plantea si el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, (en adelante “TPI”) en el caso de epígrafe, erró al excluir el testimonio de varios testigos anunciados por la peticionaria, incluyendo al señor David Efron, principal de Efron Dorado, S.E., antes de comenzar el juicio en su fondo; al activar la presunción de testimonio adverso conforme la Regla 16(5) de Evidencia respecto a dichos testigos excluidos; y finalmente, si también erró, por haber excluido de sala al Ingeniero Nicolás del Valle, representante de Efron Dorado, S.E., y perito de ocurrencia de ésta. La parte recurrida, Waste-Tech, Inc., radica el 23 de agosto de 2006 su escrito en oposición a que se expida el recurso de Certiorari.

Por los fundamentos que se exponen en esta Resolución, se acoge la Petición de Certiorari, y se revoca al Tribunal de Primera Instancia en cuanto a la exclusión de los cuatro testigos anunciados por la parte peticionaria, Efron Dorado, S.E., y al activar la presunción de testimonio adverso; al excluir de sala al representante de Efron Dorado, S.E.; y se ordena la continuación de los procedimientos de conformidad con esta Resolución.

I.

Trasfondo del caso

El presente litigio se inicia el 28 de octubre de 2002, cuando la aquí recurrida, Waste Tech, Inc., (en adelante Waste-Tech) radica una demanda por incumplimiento de contrato y cobro de dinero contra David Efron h/n/c Efron Associates (en adelante David Efron.) Con posterioridad Waste-Tech

enmienda la demanda para incluir a Efron Dorado, S.E., una sociedad especial que forma parte de las Empresas Efron. Dicha sociedad especial oportunamente contesta la demanda enmendada, y queda trabada la controversia.

Efron Dorado, S.E., ha tenido a su cargo la construcción del proyecto Paseo del Plata en el municipio de Dorado que consiste de un centro comercial, salas de cine, estacionamientos, cuatro lagos y varias fuentes ornamentales. Cuando la construcción del lago central se atrasa, el contratista encargado de dicha parte del proyecto abandona la obra, por lo que Efron

Dorado, S.E., contrata entonces a Waste-Tech para que supliera todos los materiales y terminara la construcción del lago central. Eventualmente, Waste-Tech cesa labores en el proyecto de Paseo del Plata. Finalmente, otros contratistas terminan la construcción del lago central. En torno a los hechos que anteceden es que surgen las reclamaciones entre las partes por alegado incumplimiento de contrato y cobro de dinero.

II

Trámites pertinentes a las controversias planteadas

Luego de varios incidentes, y terminado el descubrimiento de prueba, el TPI pauta el juicio en su fondo para comenzar el 21 de agosto de 2006. En dicha fecha de comienzo de juicio no comparecen todos los testigos anunciados por Efron Dorado, S.E. El tribunal al comienzo de la sesión se constituye en cámara con la representación legal de ambas partes para entender en varios asuntos aún pendientes y para encausar la presentación de la prueba durante el juicio. A raíz de lo discutido con los abogados de las partes en torno a cómo encausar los procedimientos y a sus planteamientos en cámara, el TPI reanuda la sesión y vierte para el registro su determinación en torno a varios asuntos medulares, a saber: (1) excluir los testimonios del (a) señor Juan Dorta de la empresa Enviroscapes, y subcontratista del Waste Tech, quien testificaría en torno a los trabajos de reparación y la terminación de los trabajos de Waste Tech; (b) señor Luis Manuel García Passalacqua, representante de Miramar Construction, empresa encargada de la remoción de escombros y sobrantes dejados por Waste Tech y de terminar los trabajos de instalación y reparación de la tubería; (c) señor Justino Ferrer de la empresa Specco encargado de la compra, instalación y pérdida del sistema de ozono; y finalmente, (d) señor David Efron, socio en su carácter personal de Efron

Dorado, S.E.; (2) activar la presunción de que el testimonio de dichos testigos excluidos se consideraría adverso a la...

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