Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Octubre de 2006, número de resolución KLCE0600699

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0600699
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2006

LEXTCA20061026-11 SBR Construction Distributors,Inc. v. Rivera

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN

PANEL VII

SBR CONSTRUCTION DISTRIBUTORS, INC. Demandante v. FERNANDO L. RIVERA Demandado-Recurrido CARMELITA AGOSTO ACOSTA Peticionaria KLCE0600699 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Injunction Preliminar y Cobro de Dinero DPE1997-0843 (406)

Panel integrado por su Presidente, Juez Rivera Román, y los Jueces Coll Martí y Salas Soler.

Coll Martí, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 26 de octubre de 2006.

Acude en Certiorari la Sra.

Carmelita Agosto Acosta y recurre de una Orden de 3 de abril de 2006 expedida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, que le impuso el gasto de transportación al recuperar unos bienes ilegalmente embargados y denegó la celebración de una vista para determinar la titularidad de un “Mini Grainer Machine” que aún estaba en controversia.

Por las razones que expondremos, EXPEDIMOS el auto y REVOCAMOS la determinación de instancia. Devolvemos el caso al Tribunal de Primera Instancia para que se celebre una vista evidenciaria donde se determinen tanto la titularidad del “Mini Grainer Machine” como a quién corresponde el gasto de transportación de los bienes ilegalmente embargados a Carmelita Agosto Acosta.

I

Trátase originalmente de un caso de reclamación de salarios contra Luis Santana Mendoza, contra quien se llevó a cabo una acción de embargo de bienes en aseguramiento de sentencia. Simultáneamente con el embargo llevado a cabo contra los bienes del señor Santana Mendoza, se embargó unos equipos en los terrenos de Carmelita Agosto, la peticionaria. El Tribunal de Primera Instancia determinó que los bienes fueron ilegalmente embargados, a excepción de una máquina para uso agrícola llamada “Mini Grainer”, sobre cuya titularidad existía duda aún. El Tribunal de Primera Instancia citó entonces a una vista evidenciaria para el 3 de abril de 2006. La Sra. Carmelita Agosto no compareció a la vista y no se comunicó con su abogada, quien no tuvo consigo durante la vista la prueba de titularidad del equipo en controversia.

En dicha vista el Tribunal de Primera Instancia ordenó a la peticionaria que recogiera sus equipos ilegalmente embargados, esto sin disponer a quién correspondería el costo de su transportación. Además, ordenó que en 10 días doña Carmelita Agosto...

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