Sentencia de Tribunal Apelativo de 8 de Noviembre de 2006, número de resolución KLRA0600392
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA0600392 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 8 de Noviembre de 2006 |
LEXTCA20061108-02 López Cáceres v. Adm. de Reglamentos y Permisos Centro de Servicios de Aguadilla,ETC.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
JOSÉ ANTONIO LÓPEZ CÁCERES, Y OTROS RECURRENTES V. ADMINISTRACUÓN DE REGLAMENTOS Y PERMISOS-CENTRO DE SERVICIOS DE AGUADILLA, ETC. RECURRIDA BAT HOLDING, INC. CESIONARIA RECURRIDA | KLRA0600392 | Revisión judicial de resolución administrativa emitida por ARPE SOBRE: OPOSICIÓN A PERMISO DE CONSTRUCCIÓN SOLICITUD NÚM. 05DA9-00000-05342 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Román, el Juez Soler Aquino y el Juez Vizcarrondo Irizarry.
Soler Aquino, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 8 de noviembre de 2006.
El recurrente solicita que pasemos juicio de una resolución dictada por la Administración de Reglamentos y Permisos (ARPE), autorizando un anteproyecto condicionado en el Barrio Montaña del Municipio de Aguadilla. La resolución recurrida fue notificada el 28 de abril de 2006. Alega que dicho foro erró al:
-
emitir resolución sin tener la evidencia sustancial en el expediente.
-
autorizar Anteproyecto estando ante la consideración de este Honorable Tribunal la revisión de la consulta de ubicación número 203-01-0568-JPE (KLRA2006-0111).
La recurrida sometió ante la consideración de ARPE una consulta para la construcción de un proyecto turístico, en un predio de su propiedad con una cabida superficial de 8.5763 cuerdas, ubicada en la Carretera 4466 Km. 19 interior en el Barrio Montaña de Aguadilla.
A base de la información obrante
en el expediente sometida por la promovente, obtenida por la oficina de ARPE de sus documentos de referencia, tales como, los Mapas de Topografía, de Catastro, de Zonas Susceptibles a Inundaciones, de Zonificación, el Reglamento de Ordenación Territorial de Aguadilla; los Reglamentos de la Junta de Planificación en especial Reglamento de Lotificación, Código de Edificación y el Reglamento Sobre Zonas Susceptibles a Inundaciones, etc. ARPE formuló como determinaciones de hecho que:
Se propone un proyecto que consiste de 30 unidades (casas o apartamentos) de Condo Hotel, subdivisibles a 48 habitaciones o suites, a distribuirse en (6) seis edificios y 6 unidades (casas) de condotel, subdivisibles a 18 habitaciones o suites, para un total de 66 habitaciones o suites.
La Junta de Planificación autorizó el desarrollo de un proyecto turístico (según rediseñado) para el desarrollo de un Condo-
Hotel de treinta (30) apartamentos, distribuidos de la siguiente manera, doce (12) apartamentos de dos dormitorios, seis (6) apartamentos de cinco dormitorios y doce (12) apartamentos de cuatro dormitorios construidos en doce (12) edificios; un edificio principal de recepción, un restaurante con dos salones comedores, salón de ejercicios, administración, terrazas y piscinas, un Spa Center con todas las áreas de apoyo, un Grill Gazebo
y estacionamiento.
En dicha consulta de ubicación se estableció que el proyecto tendría parámetros de diseño conforme a un distrito de Zonificación RT-3.
Se hace constar, en la resolución recurrida, que los terrenos objeto de este proyecto están zonificados DS y CR-1. Están afectados por zonas inundables A (zona 2 ) y VE (zona IM), según el Mapa de Calificación de Suelos del Plan Territorial y el Mapa Sobre Zonas Susceptibles a Inundaciones...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba