Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2006, número de resolución KLRA20060508
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA20060508 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2006 |
LEXTCA20061130-77 Rivera Silva v. Bella Internacional,Corp
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIÓN JUDICIAL DE Mayagüez / AIBONITO
Panel VIII
ISMAEL RIVERA SILVA | KLRA20060508 | revisión administrativa procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Querella Núm.: 500006375 | ||||
Panel integrado por su presidente, el Juez López Feliciano, la Jueza Varona Méndez y el Juez Hernández Serrano
Varona Méndez, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico a 30 de noviembre de 2006.
Se nos pide que revisemos una resolución dictada por el Departamento de Asuntos al Consumidor (D.A.Co.) el 1ro. de marzo de 2006 mediante la cual se desestimó la querella y ordenó su cierre y archivo. Por los fundamentos que discutiremos, se confirma la resolución recurrida.
El recurrente, Sr. Rivera Silva, compró el 7 de abril de 2004 una podadora de mano o trimmer
marca HONDA, modelo HHT31 (trimmer o podadora), a Bella International, Corp. (Bella International) a un costo de $470.00. La compañía Bella International le ofreció verbalmente al Sr.
Rivera una garantía de dos (2) años. Varios meses después, el 17 de enero de 2005, el Sr. Rivera llevó el referido equipo al taller de Bella International para que se le prestara servicio de garantía, ya que el trimmer
patinaba y presentaba una perforación alrededor del spark.
Bella International le instaló al trimmer una nueva tapa de cilindro y lo entregó al Sr.
Rivera el 19 de enero de 2005. Ese día de la entrega, el recurrente hizo uso del trimmer por espacio aproximado de una hora, y se notó una perforación al lado del carburador.
Así las cosas, el recurrente reclamó a Bella International la condición que presentaba la podadora mediante comunicaciones escritas. Entre el 17 al 25 de marzo de 2005, la llevó al representante de Honda en Isabela para que lo llevaran a Bella International a reparar. Luego de esto, un técnico de Bella International llamó al recurrente para informarle que la perforación que tenía el equipo era normal y no afectaba el funcionamiento del trimmer, por lo cual no se iba a reparar.
No conforme con la respuesta que le ofrecieron, el Sr.
Rivera envió una carta a la compañía manufacturera American
Honda el 1ro. de abril de 2005. El Sr. Rivera no recibió contestación de parte de la compañía. Luego de la segunda reclamación, el Sr. Rivera no ha vuelto a utilizar el trimmer.
El 29 de julio de 2005, el Sr. Rivera presentó querella ante el Departamento de Asuntos al Consumidor, (en adelante D.A.Co.) contra Bella International. Adujo que la podadora presentaba una perforación en el lado del carburador y una falla en la manufactura de una pieza. El 1ro. de septiembre de 2005 se realizó una inspección deltrimmer a cargo del técnico del D.A.Co. en presencia del Sr. Rivera, la Lcda. Teresita...
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