Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Febrero de 2007, número de resolución KLAN0501341

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0501341
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2007

LEXTCA20070212-12 Caribbean Epartners Corp. v. Rivera

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Tribunal de Apelaciones

REGIÓN JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL XII

CARIBBEAN ePARTNERS CORP.

Demandante-Apelado

v.

RICHARD RIVERA; su esposa ZAYRA GARCÍA y la Sociedad Legal de Gananciales Compuesta por Ambos

Demandados-Apelantes

KLAN0501341

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina

Sobre: Contratos, etc.

Caso Civil Núm.

FPE2002-0614(401)

Panel integrado por su presidente, el Juez Martínez Torres, el Juez Aponte Jiménez y la Jueza Cotto Vives.

Martínez Torres, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de febrero de 2007.

Los demandados-apelantes, Richard Rivera y su esposa, Zayra

García, comparecen ante nos y solicitan que revoquemos una sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina (Hon.

Maria del Carmen Martínez Lugo, Juez), el 8 de agosto de 2005. Mediante ella, el tribunal condenó a los apelantes a pagarle a la corporación demandante-apelada, Caribbean ePartners, $59,000 por los daños y perjuicios ocasionados a raíz de su incumplimiento con sus obligaciones contractuales. Por los siguientes fundamentos, confirmamos el dictamen apelado.

I

Las determinaciones de hechos del Tribunal de Primera Instancia establecen que la corporación Caribbean ePartners

se organizó bajo las leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Dicha corporación se dedicaba a la venta e instalación de equipo computarizado, programas y configuración de programas de contabilidad para compañías y empresas medianas. Caribbean ePartners

Corp. se creó por tres socios, a saber, el Sr. Johnny López Ramírez, el Sr. Ramón Torres Pagán y el Sr. Richard Rivera. Cada uno de los socios tenían, antes de formar la corporación Caribbean ePartners, sus propios negocios dedicados a la venta y programación de computadoras.

La empresa del Sr. López Ramírez, M & J Computer

Boutique, se dedicaba, entre otros, a la venta e instalación de equipo computarizado, a la configuración y programación de programas de computadoras, adaptados a las exigencias particulares de la compañía a la cual le ofrece sus servicios. Ramón Torres Software Development, el negocio del Sr. Torres Pagán, se dedicaba al desarrollo de programación e instalación de redes de computadoras. Finalmente, Richard Rivera era el dueño de Rivergard Accounting, negocio dedicado a la venta en Puerto Rico del programa de computadoras Microsoft Great Plains.

En aras de cubrir en un solo lugar las necesidades de programación, servicios de computadoras, y venta de equipos para sus clientes, los tres dueños decidieron formar Caribbean ePartners

Corp., en la cual cada uno era socio de la corporación en proporciones iguales. En una reunión que se llevó a cabo en el año 2000, los tres acordaron que López Ramírez estaría a cargo de las ventas de la corporación, Torres Pagán se encargaría de suplir equipos y de la administración, proyecciones y cotizaciones a clientes, y Richard Rivera se ocuparía de la implementación de los productos relacionados al programa de computadoras Microsoft Great

Plains. El Sr. Richard Rivera aparecía en el Departamento de Estado como el agente residente de Caribbean

ePartners Corp.

Así las cosas, los tres acordaron no utilizar empleados nuevos para la corporación Caribbean ePartners, sino que usaron los recursos de cada uno de sus negocios y luego facturaron los servicios prestados por cada una de sus compañías a Caribbean

ePartners Corp. Además, se pactó que las ganancias de la corporación creada serían repartidas entre los tres socios luego de descontar los gastos a base de la participación de cada uno, que era de un 30%. El restante 10% iría para Caribbean

ePartners Corp. Las perdidas de la compañía las absorbería la persona responsable de dicha perdida. También indicaron que se llevaría un orden específico de los pagos de Caribbean ePartners

Corp., es decir, primero se pagaría el equipo, luego los programas y finalmente los servicios.

El primer cliente de Caribbean ePartners

Corp. fue J.A. Riollanos. A esta compañía le hicieron una actualización del programa de contabilidad Solomon y conversión de data. Estos servicios estuvieron a cargo de Richard Rivera y por ellos cotizó

$5,000 para Caribbean ePartners

Corp. Luego de que se firmara el acuerdo para el trabajo a J.A. Riollanos, se aumentó la cotización de $5,000 a $21,000, porque había que traer personal de afuera para hacer el trabajo.

Como consecuencia de lo anterior, el socio López Ramírez pagó $10,000 para traer personal de Perú, expertos en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR