Ley 20 del 2 de agosto de 2021

Fecha de disposición02 Agosto 2021
Fecha02 Agosto 2021
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C.
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LEY
Para
añadir
un
nuevo
Articulo
7A
a
la
Ley
Num.
5
de
23
de
abril
de
1973,
según
enmendada,
conocida
como
“Ley
Organica
del
Departamento
de
Asuntos
del
Consumidor”, con
el
propósito
de
establecer
la
“Carta
de
Derechos
del
Consumidor”;
y
para
otros
fines
relacionados.
|
EXPOSICION
DE
MOTIVOS
Los
inicios
del
intercambio
comercial
datan
desde
pasada
la
Prehistoria,
a
través
del
trueque,
como
efecto
directo
de
la
acumulación
de
excedentes
de
producción.
Una
forma
de
intercambio
primitiva,
donde
cada
participante
entregaba
parte
del
producto
de
su
trabajo,
a
cambio
de
una
parte
del
producto
del
trabajo
de
otro.
Posteriormente,
se
ingeniaron
formas
para
representar
una
paridad
de
valor
entre
las
mercancías
entregadas
y
recibidas,
lo
cual
llevó
a
la
creación
del
dinero
como
elemento
facilitador
del
intercambio
comercial.
No
obstante,
no
fue
hasta
la
Revolución
Industrial
que
se
experimentó
una
expansión
económica
significativa
a
nivel
mundial.
Las
ventas
eran
aún
labor
entre
comerciantes
y
productores,
por
tanto,
la
figura
de
los
agentes
vendedores
por
comisión
era
inexistente.
No
es
hasta
la
primera
mitad
del
Siglo
XX,
con
los
efectos
de
nefastos
de
dos
guerras
mundiales,
que
los
productores
entendieron
la
necesidad
de
comenzar
a
vender
en
masa.
A
raíz
de
ese
crecimiento
económico
y
comercial,
en
un
discurso
pronunciado
en
1962,
el
presidente
de
los
Estados
Unidos
de
América,
John
F.
Kennedy
reconoció
cuatro
derechos
básicos
de
los
consumidores.
Su
exposición
inspiró
a
muchas
naciones
y
entidades,
incluyendo
a
la
Organización
de
las
Naciones
Unidas
(ONU,
por
sus
siglas
en
inglés),
quienes,
conscientes
de
la
importancia
de
tener
un
ecosistema
comercial
saludable
y
responsable,
analizaron
ampliamente
las
condiciones
del
mercado
internacional,
y
en
el
1985
publicó
las
Directrices
de
las
Naciones
Unidas
para
la
Protección
del
Consumidor.
Este
importante
documento
se
compone
de
valiosos
principios
que
establecen
las
principales
características
que
deben
tener
las
leyes
de
protección
del
consumidor,
las
instituciones
encargadas
de
implementarlas
y
los
sistemas
de
compensación
para
que
sean
eficaces.
Además,
las
Directrices
ayudan
a
los
Estados
a
formular
e
implementar
leyes,
normas
y
reglamentos
nacionales
y
regionales
adaptados
a
sus
circunstancias
económicas,
sociales
y
ambientales.
También
contribuyen
a
promover
la
cooperación
internacional
entre
los
Estados
Miembros
en
el
ámbito
de
la
aplicación,
y
alientan
a
que
se
compartan
las
experiencias
en
materia
de
protección
de
los
consumidores.
Las
directrices
fueron
aprobadas
por
la
Asamblea
General
en
su
resolución
39/248,
de
16
de
abril
de
1985,
ampliadas
posteriormente
por
el
Consejo

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