Ley 75 del 24 de agosto de 2022

Fecha de disposición24 Agosto 2022
Fecha24 Agosto 2022
(P.
del
S. 732)
LEY
Para
enmendar
el Artfculo 3
de
la Ley 84-1999,
segun
enmendada,
conocida como "Ley
para
la Creaci6n
de
Centros
de
Cuidado
Diurno
para
Ninos
en
los Departamentos,
Agendas,
Corporaciones o
Instrumentalidades
Publicas del Gobierno
de
Puerto
Rico", a los fines
de
definir
edad
preescolar como el
periodo
de
edad
de
un
nifio
entre
cero
(0)
afios
hasta
que
este comience
su
educaci6n formal
en
una
escuela
primaria
sea publica o
privada;
y
para
otros fines relacionados.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Uno
de
los mayores retos laborales
que
enfrenta
un
trabajador
en
Puerto
Rico es
tratar
de
balancear
sus
responsabilidades laborales con el
cuido
y atenci6n
de
sus
hijos
menores
de
edad.
Lamentablemente, esto
ha
obligado a
madres
y
padres
a
abandonar
sus
estudios o trabajos
para
dedicarse al
cuido
de
sus
hijos
cuando
sus
familiares
estan
imposibilitados
de
ayudarlos
en
esta tarea.
Por
otro lado, los
que
han
decidido
permanecer
en
sus
empleos
confrontan a diario
una
multiplicidad
de
dificultades
para
retenerlos,
por
esta
misma
raz6n.
Lamentablemente, esta realidad golpea con
mayor
rudeza
a las mujeres
trabajadoras y jefas
de
familia.
Si
bien
la mujer
ha
logrado
una
mayor
integraci6n al
mundo
del trabajo, la falta
de
ayudas
apropiadas
en
el cuido
de
sus
hijos
ha
impedido
su
plena
incorporaci6n al proceso
productivo
del pais.
Aunque
todo
ser
humano
tiene
derecho al
pleno
desarrollo
de
su
persona, como profesional o como
ente
que
aporta
con
su
trabajo al bienestar
de
la sociedad, ciertas realidades sociales afectan estos
objetivos.
Esta Asamblea Legislativa debe
poner
a disposici6n
de
todos los puertorriquefios
las
oportunidades
y los mecanismos necesarios
para
su
cabal desarrollo. La
continuidad
de los servicios
de
cuido
es vital
para
que
ciudadanos
utiles y dispuestos a aceptar y
ejecutar responsablemente
sus
deberes laborales
puedan
cumplir
con
sus
obligaciones.
La Ley 84-1999,
segun
enmendada,
ordena
a
todo
departamento,
agenda,
corporaci6n o
instrumentalidad
publica del Gobierno
del
Estado Libre Asociado de
Puerto Rico a habilitar
un
area,
dentro
de
sus
predios
o a
una
distancia razonablemente
cercana a los mismos, como
Centro
de
Cuido
para
nifios
en
edades
preescolares.
No
obstante, el texto del
mencionado
estatuto
no define el concepto
"edad
preescolar",
por
tanto, es necesario
que
esta Asamblea Legislativa
atempere
la Ley 84-1999,
supra,
para
que
sus
disposiciones esten
en
armonia con
un
lenguaje y conceptos definidos con
mayor
precision.

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