Ley 98 del 8 de noviembre de 2022

Fecha de disposición08 Noviembre 2022
Fecha08 Noviembre 2022
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LEY
Para
afiadir
un
nuevo
Articulo
6,
y
renumerar
los actuales articulos 6 y
7,
como
7 y
8,
respectivamente, a la Ley 503-2004,
segun
enmendada,
conocida
como
"Ley
para
crear la
Cumbre
Anual
de
la
Juventud
Puertorriquefia (CAJUP)", a los fines
de
establecer los t6picos a tratarse
durante
la
reunion
anual
de
la
Cumbre.
EXPOSICI6N DE MOTIVOS
De
acuerdo
a lo
postulado
por
la
Ley 503-2004,
segun
enmendada,
conocida como
"Ley
para
crear la
Cumbre
Anual
de
la
Juventud
Puertorriquefia (CAJUP)", la polftica
publica
sobre
la
juventud
es
toda
aquella acci6n dirigida al logro y realizaci6n
de
las
metas y objetivos sociales, educativos y profesionales
de
los j6venes. Este
enfoque
debe
darse
dentro
de
un
marco integral
que
le
permita
al
joven
desarrollarse
como
ente
social
distinto a los
demas
componentes
de
la
sociedad,
pero
que
a
la
misma
vez
le
permita
participar
en
la
misma
de
forma
activa.
Mas
aun,
tal mecanismo debe
proveer
un
medio
adecuado
de
transici6n social,
politica y cultural hacia
la
etapa
adulta.
Por
ello, se
entendi6
que
el
Programa
de
Desarrollo
de
la
Juventud,
adscrita al
Departamento
de
Desarrollo Econ6mico y
Comercio,
en
conjunto
con
otras
agendas
gubernamentales
y privadas,
deben
propiciar
un
evento
en
aras
de
auscultar y
atemperar
la politica publica establecida
con
la
realidad
de
la
juventud
puertorriquefia. A tales efectos, se cre6 la Ley
de
la
Cumbre
Anual
de
la
Juventud
Puertorriquefia (CAJUP).
Esta
cumbre
tiene
como
prop6sito
servir
de
organismo
para
que
la
juventud
puertorriquefia
exponga
sus
perspectivas y recomendaciones sobre los
problemas
que
les
atafie;
sea
el
instrumento
permanente
en
donde
los j6venes
puedan
intercambiar ideas
directamente
con
los Jefes
de
Agendas,
Secretarios
de
Gobierno, Legisladores,
con
el
Gobernador, las Universidades y
con
el sector
privado;
y motive la participaci6n
de
la
juventud
en
la soluci6n
de
sus
problemas,
entre
otras cosas.
Sin embargo, la Ley
no
cuenta
con
unos
lineamientos
que
le
permitan
guiarse, a
fin
de
atender
las
verdaderas
situaciones o circunstancias
que
afectan,
ya
sea positiva o
negativamente
a
nuestra
juventud.
Basicamente,
la
presente
legislaci6n
pretende
encaminar
por
un
sendero
mas
concreto y congruente, la actual politica publica
de
fomentar
que
se
descontinue
la practica tradicional
de
visualizar a
la
juventud
como
el
futuro, sino
partir
del
reconocimiento
de
que
los j6venes
son
parte
integral del
presente
y
de
que
constituyen
mas
que
un
recurso potencial,
un
banco
de
talento listo
para
ser
aprovechado.

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