Ley para el Desarrollo Integral del Distrito de Planificación Especial del Caño de Martín Peña (Ley Núm. 489 de 24 de septiembre de 2004)

Ley para el Desarrollo Integral del Distrito de Planificación Especial del Caño de Martín Peña” Ley Núm. 489 de 24 de septiembre de 2004, según enmendada (Contiene enmiendas incorporadas por las siguientes leyes:Ley Núm. 32 de 23 de Junio de 2009 Ley Núm. 70 de 8 de Mayo de 2011Ley Núm. 104 de 14 de Agosto de 2013Ley Núm. 116 de 14 de agosto de 2020)  Para adoptar la “Ley para el Desarrollo Integral del Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña”; crear la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña y la Oficina del Proyecto, así como un Fideicomiso de Terrenos; disponer respecto a su existencia, administración y financiamiento; para asignar fondos y para otros fines relacionados.  EXPOSICIÓN DE MOTIVOS    La Asamblea Legislativa, fundamentándose en la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que señala que el desarrollo comunitario debe ser protagonizado por los miembros de las propias comunidades, establece por medio de esta legislación un mecanismo cuyo objetivo es articular la implantación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña en forma eficaz, proveyendo para la participación efectiva en todas las instancias para la toma de decisiones de las organizaciones de base comunitaria que representan a los residentes de las comunidades afectadas.   La rehabilitación del Caño Martín Peña y de las comunidades asentadas a sus márgenes es uno de los proyectos de mayor trascendencia acometidos por el Gobierno de Puerto Rico en este inicio del siglo veintiuno. Este cuerpo de agua, que discurre de Este a Oeste por el corazón de San Juan, es un componente vital del Estuario de la Bahía de San Juan, uno de los recursos naturales de mayor importancia en el Área Metropolitana.   A mediados de siglo veinte, el Caño y los terrenos anegados relacionados al mismo, fueron receptores de la ola migratoria de trabajadores desplazados de la ruralía de la Isla que se asentaron en sus márgenes en busca de mejores condiciones de vida. La ocupación espontánea de estos terrenos que conformaban tan importante sistema de manglar se hizo principalmente mediante el depósito de relleno constituido por escombros y residuos sólidos, sobre los cuales se construyeron miles de estructuras. Este proceso de urbanización no planificada del sector ha tenido como consecuencia la degradación ambiental del Caño Martín Peña y del Estuario de la Bahía de San Juan, ocasionando la reducción del canal y aumentando el riesgo a inundaciones.   Debido al impacto sobre algunas porciones del terreno que anteriormente ocupaba el manglar, se considera técnicamente irreversible propiciar la recuperación a su estado natural. Sobre estos terrenos, hay cerca de 30,000 personas residen en las comunidades de Barrio Obrero, Barrio Obrero Marina, Buena Vista–Santurce, Parada 27, Las Monjas, Buena Vista–Hato Rey, Israel–Bitumul y la Península de Cantera, que constituyen comunidades de insustituible importancia para la ciudad. Son fuentes significativas de mano de obra diestra para los sectores de construcción y servicios de la ciudad. Su capacidad adquisitiva sostiene muchos pequeños comercios de la ciudad que a la vez son fuente importante de empleos en la misma. Sobre todo, son centros de reconocida importancia en la creación y quehacer social y cultural del país. A pesar de que tanto su tasa de participación laboral como sus niveles de empleo son superiores del resto de Puerto Rico, los ingresos de estas familias se encuentran bajo los niveles de pobreza en mayor proporción que los residentes de San Juan y que el resto de la Isla. Durante más de 40 años, ha desfilado un sinnúmero de propuestas dirigidas a desplazar a estas comunidades de su ubicación estratégica.   Además, durante varias décadas, el Gobierno de Puerto Rico y el Gobierno Municipal de San Juan llevaron a cabo diferentes procesos de concesión y reconocimiento de títulos de propiedad a muchos residentes que ocuparon terrenos rellenados en el Caño Martín Peña. Algunos de estos residentes mantienen incertidumbre sobre la validez de estos títulos toda vez que los procesos llevados a cabo por el gobierno no completaron todos los requisitos de ley para su reconocimiento e inscripción formal mediante escritura en el Registro de la Propiedad. La situación legal de estos procedimientos de concesión de títulos de propiedad debe clarificarse y resolverse de forma definitiva y firme para la tranquilidad y bienestar de las familias del Distrito, proveyendo además alternativas para evitar el desplazamiento involuntario de las comunidades a largo plazo.    El Gobierno de Puerto Rico está promoviendo, junto al Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos, un proyecto de dragado y canalización del Caño Martín Peña, lo que permitirá restituir la capacidad del flujo y reflujo de las aguas del Caño restableciendo la conexión de las aguas de la Laguna San José y la Bahía de San Juan. El desarrollo de este proyecto requerirá la reubicación de un número sustancial de familias que actualmente viven en condiciones precarias. El ambiente está contaminado como resultado de la carencia de infraestructura, afectando negativamente la salud de la población. Por estas razones, la rehabilitación del Caño Martín Peña y de las comunidades aledañas constituye uno de los Proyectos Estratégicos prioritarios a desarrollarse por el Gobierno de Puerto Rico, y el cual ha sido denominado Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña.   El Gobierno de Puerto Rico se propone rehabilitar y revitalizar este distrito protegiendo la permanencia de estas comunidades que constituyen una pieza vital en el tejido cultural, económico y social de San Juan y de toda la Isla, a la vez que crea las condiciones para integrarlas a la trama urbana de la ciudad, ofreciendo una vida digna a sus residentes y las condiciones ambientales apropiadas para propiciar la rehabilitación del Estuario de la Bahía de San Juan.    El Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña ha estado bajo el liderato del Departamento de Transportación y Obras Públicas y de la Autoridad de Carreteras y Transportación desde finales de 2001. El 17 de mayo de 2002, la Junta de Planificación designó mediante Resolución el Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña, que comprende a las comunidades Barrio Obrero, Barrio Obrero–Marina, Buena Vista–Santurce, Parada 27, Las Monjas, Buena Vista–Hato Rey e Israel–Bitumul, delegando a la Autoridad de Carreteras y Transportación el desarrollo de un Plan Especial de Usos del Terreno. Previamente, en 1992 se aprobó legislación creando la Compañía para el Desarrollo Integral de la Península de Cantera con la responsabilidad de liderar el desarrollo integral de esta comunidad mediante un modelo pionero que descansa sobre la autogestión y el apoderamiento comunitario. Ambas iniciativas son complementarias y necesarias para poder atender la situación de degradación ambiental del Caño.    El Gobierno de Puerto Rico ya ha invertido recursos en la contratación de estudios conducentes al cumplimiento de la legislación ambiental aplicable para el proyecto de dragado del Caño, en la elaboración del Plan de Uso de Terrenos, y en el desarrollo de un Plan de Desarrollo Integral. Ambos planes se han conceptuado como planes de acción correctiva a la situación de degradación y contaminación ambiental, a la vulnerabilidad a peligros naturales y antropogénicos, y a las limitaciones de la estructura social y económica que perpetúan la pobreza. También ha invertido en el desarrollo de proyectos de infraestructura, la creación de programas para hacer viable la participación ciudadana, el desarrollo de actividades relacionadas como lo es la limpieza superficial del Caño, entre otros. Es igualmente necesario proteger la experiencia de más de dos años de trabajo y participación ciudadana que constituye un esfuerzo de autogestión y apoderamiento de las siete comunidades que comprenden el Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña en estrecha coordinación y participación con la Península de Cantera. Estas comunidades cuentan con una Oficina de Participación Ciudadana para el Proyecto ENLACE dentro del Distrito que propicia su presencia activa en los procesos de planificación y rehabilitación del área. Las organizaciones de base comunitaria en estas comunidades se han unido, y han constituido el Grupo de las Ocho Comunidades (G-8) Inc., para así participar de forma más efectiva de estos procesos, y atender los retos y oportunidades que comparten.   A fin de garantizar la efectiva administración de las diversas iniciativas y proyectos dentro del Distrito de Planificación Especial del Caño Martín Peña, se hace imperativo crear un organismo cuya misión sea implantar la política pública del Gobierno referente al desarrollo del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña y de las comunidades aledañas. Además, se hace necesario proveer a dicho organismo con un mandato claro que le permita realizar óptimamente su labor de promover la autogestión y el desarrollo socio-económico de forma ágil, transparente y libre de interferencias de índole político partidistas.    Mediante esta Ley, la Asamblea Legislativa crea la Corporación del Proyecto ENLACE del Caño Martín Peña como el ente con la obligación por ley de coordinar e implantar todas las fases del Proyecto ENLACE Caño Martín Peña que incluye la implantación del Plan de Desarrollo Integral y del Plan de Usos de Terrenos para el Distrito Especial del Caño Martín Peña, en las áreas de vivienda, desarrollo urbano, infraestructura y desarrollo socioeconómico, y todos los proyectos relacionados al dragado y canalización de dicho cuerpo de agua, así como del desarrollo de iniciativas comunitarias que promuevan el desarrollo social, económico y cultural.    Esta corporación será responsable de coordinar los esfuerzos del Gobierno y de la participación ciudadana para capacitar, promover, facilitar incentivos y crear los mecanismos necesarios para darle continuidad al Proyecto...

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