Ley para Establecer la Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín (Ley Núm. 71 de 23 de junio de 1965)

Ley de la Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín Ley Núm. 71 de 23 de junio de 1965, según enmendada (Contiene enmiendas incorporadas por las siguientes leyes:Ley Núm. 496 de 29 de septiembre de 2004)  Para establecer la Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín; declarar la política pública del Estado en torno a ésta; crear el Consejo para la Protección y Manejo de la Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín y disponer sus funciones y facultades; establecer el “Fondo para la Protección y Manejo de la Ruta Panorámica”; autorizar a la Junta de Planificación de Puerto Rico a adoptar mapas y reglamentaciones declarando zonas panorámicas las márgenes de la sección de la “Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín” que se construya en los terrenos así adquiridos, así como las márgenes despobladas de los tramos de carretera de dicha ruta previamente construidos; crear el Cuerpo de Camineros de la Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín, adscrito a la Autoridad de Carreteras y Transportación de Puerto Rico; disponer sus funciones y facultades; establecer penalidades; y asignar fondos.  EXPOSICIÓN DE MOTIVOS     El pueblo de Puerto Rico, que con notable éxito ha ido solucionando sus problemas económicos, ha llegado a una etapa en su desarrollo colectivo en que necesita lograr para si mismo la serenidad espiritual que le ha de permitir disfrutar plenamente del crecimiento económico logrado. El ritmo acelerado de nuestra vida comunitaria precisa que comencemos a crear en nuestro medio los mecanismos que puedan ayudarnos a disolver las tensiones y a aminorar los rigores del diario vivir.    Cada día se hace más necesario crear un ambiente físico propicio para la consecución del solaz espiritual, la meditación y la comunión del individuo con la naturaleza. A tal fin el gobierno del Estado Libre Asociado ha proyectado lo que ha de conocerse como la “Ruta Panorámica”, una ruta lo más cerca posible de las cumbres de la Cordillera Central. En dicha ruta se usarán algunos tramos de carreteras y caminos ya existentes; otros tendrán que ser construidos. Allí donde la tierra puertorriqueña es tan pródiga en hermosura, donde el paisaje puede contemplarse en toda su natural extensión, allí es el sitio ideal para que el pueblo puertorriqueño tenga la oportunidad de hacer excursiones, ponerse en contacto con la naturaleza y disfrutar de las bondades de nuestro clima y de la belleza de nuestras montañas.    Será esta ruta además una excelente oportunidad para que nuestra juventud pueda conocer y estudiar la flora, la historia y la orografía de nuestra Isla, lo que le dará un conocimiento más exacto de nuestra tierra y de nuestra cultura.    Este proyecto servirá para fomentar el turismo de las personas sencillas, tanto de Puerto Rico como del exterior, que deseen disfrutar del típico ambiente puertorriqueño a un precio moderado; a tal fin se construirán posadas, merenderos, miraderos, sitios para descanso y todas las facilidades necesarias para el disfrute y el esparcimiento.    Este será un gran paso de avance en la Operación Serenidad. Para garantizar que el propósito público que persigue esta ley, no ha de frustrarse como resultado de un desarrollo desorganizado e indeseable de las márgenes de la Ruta Panorámica, se autoriza a la Junta de Planificación a declarar zonas panorámicas las márgenes de dicha ruta, en aquellos sectores no desarrollados aún. Esto permitirá un adecuado control de las edificaciones, de la lotificación de terrenos, y la prohibición de anuncios reñidos con la belleza natural del lugar.   Decrétase por la Asamblea Legislativa de Puerto Rico:   Sección 1. — (22 L.P.R.A. § 31)    Se establece una ruta, que se conocerá como la Ruta Panorámica, la cual, partiendo de la ciudad de Mayagüez, y continuando de Oeste a Este tan cerca de la cumbre de la cordillera Las Mesas, la Cordillera Central, La Sierra de Cayey y la Cuchilla de Panduras como sea posible, utilizando en algunos lugares las carreteras existentes y en otros construyendo los tramos necesarios para el total desarrollo de dicha ruta, en una longitud total aproximada de 222 kilómetros, terminará en el camino Juan Martín de Yabucoa. Sección 1A. — (22 L.P.R.A. § 31 nota)    Se declara que es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico la protección y el manejo adecuado de la Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín, con el propósito de ofrecer un corredor de transportación y recreación pública al Pueblo de Puerto Rico y a sus visitantes, a través de la región montañosa de reconocida belleza e importancia natural, cultural y escénica. Sección 2. — (22 L.P.R.A. § 31a)    Se crea el Consejo para la Protección y Manejo de la Ruta Panorámica Luis Muñoz Marín, en adelante denominado el “Consejo”, adscrito al Departamento de Transportación y Obras Públicas e integrado por el Secretario del Departamento de Transportación y Obras Públicas, quien será su Presidente el Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, el Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, el Presidente de la Junta de Planificación y los alcaldes de los municipios por el cual discurre...

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