Ley Núm. 101 de 28 de julio de 2010, para derogar la Ley Núm. 100 de 26 de agosto de 2005, conocida como 'Ley para el Desarrollo de Centros Gratuitos de Acceso a la Internet a través de todo Puerto Rico', y para enmendar la Ley Número 213 de 12 de septiembre de 1996, según enmendada, conocida como la 'Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico de 1996', a los efectos de añadir el Artículo III-7C para autorizar a la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico, a establecer un Centro de Acceso al Internet, en cada uno de los Municipios de Puerto Rico en donde no exista uno, junto con las agencias del Gobierno central, los Municipios de Puerto Rico, y otras entidades privadas, educativas y comunitarias; para crear un manual de guías y procedimientos operacionales para administrar dichos Centros; y para la implantación de acceso inalámbrico al Internet, (WiFi, por sus siglas en inglés) en las plazas públicas municipales de Puerto Rico.

EventoLey
Fecha28 de Julio de 2010

(P. del S. 1489)

LEY NUM. 101

28 DE JULIO DE 2010

Para derogar la Ley Núm. 100 de 26 de agosto de 2005, conocida como “Ley para el Desarrollo de Centros Gratuitos de Acceso a la Internet a través de todo Puerto Rico”, y para enmendar la Ley Número 213 de 12 de septiembre de 1996, según enmendada, conocida como la “Ley de Telecomunicaciones de Puerto Rico de 1996”, a los efectos de añadir el Artículo III-7C para autorizar a la Junta Reglamentadora de Telecomunicaciones de Puerto Rico, a establecer un Centro de Acceso al Internet, en cada uno de los Municipios de Puerto Rico en donde no exista uno, junto con las agencias del Gobierno central, los Municipios de Puerto Rico, y otras entidades privadas, educativas y comunitarias; para crear un manual de guías y procedimientos operacionales para administrar dichos Centros; y para la implantación de acceso inalámbrico al Internet, (WiFi, por sus siglas en inglés) en las plazas públicas municipales de Puerto Rico.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Asamblea Legislativa de Puerto Rico aprobó la Ley Núm. 100 de 26 de agosto de 2005, conocida como “Ley para el Desarrollo de Centros Gratuitos de Acceso a la Internet a través de todo Puerto Rico”, autorizando a la Junta a promover, en coordinación con las agencias del Gobierno, los Municipios de Puerto Rico, las empresas privadas y entidades educativas, la implantación de un programa abarcador que incluya el establecimiento de un Centro Gratuito de Acceso al Internet en cada uno de los Municipios de Puerto Rico, y a crear un reglamento para regir dichos centros.

La medida autoriza a la Junta a recibir y administrar fondos provenientes de asignaciones legislativas, transferencias, delegaciones, aportaciones y donativos de cualquier índole que reciba de agencias, gobiernos municipales y del Gobierno de los Estados Unidos de América, así como los provenientes de personas, organizaciones no gubernamentales y de otras entidades privadas para el diseño e implantación de proyectos, programas o servicios a ser ejecutados u ofrecidos por los Telecentros.

A partir de la aprobación de la medida, la Junta realizó un estudio para comprender la magnitud de su implantación. Para ello, se evaluaron iniciativas similares en otras partes del mundo, en particular el Community Technology Centres Network del U.S. Department of Housing and Urban Development de los Estados Unidos, Community Access Program (CAP) de Canadá, Telecottages de Hungría y el Desarrollo de Ciudades Digitales de Chile (Infocentros). Además, se identificaron y evaluaron diferentes Centros Tecnológicos, establecidos a través de todo Puerto Rico, gracias a iniciativas del sector público y privado, programas federales y entidades sin fines de lucro. Asimismo, se preparó un cuestionario para evaluar las áreas de infraestructura, locales y disponibilidad de fondos de cada Municipio. Finalmente, se hizo un acercamiento a distintos componentes del sector público y privado, a organizaciones sin fines de lucro, y a entidades educativas, para ver su deseo de cooperar con la viabilidad de los Centros Gratuitos de Acceso a la Internet.

Las respuestas fueron limitadas, situación preocupante, ya que según dicta la Ley para el Desarrollo de Centros Gratuitos de Acceso a la Internet, la participación de estos sectores es fundamental para poner en marcha el monumental proyecto de abrir Centros en setenta y ocho (78) municipios.

Es por esto, que esta Asamblea Legislativa entiende necesario derogar la mencionada Ley Núm. 100 y darle la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR