Ley Núm. 138 de 16 de noviembre de 2009, para enmendar el inciso (ww) del Artículo 1.03, y el inciso (c) del Artículo 5.02 de la Ley Núm. 247 de 3 de septiembre de 2004, conocida como la 'Ley de Farmacia', para incluir dentro de la definición del término 'receta o prescripción' la orden médica generada y transmitida electrónicamente; eliminar el actual inciso (ccc) y añadir un nuevo inciso (ccc) y un inciso (ddd) al Artículo 1.03 de la referida Ley, estableciendo la definición del término 'receta generada y transmitida electrónicamente' y 'firma electrónica'; enmendar los incisos (e), (f) y (g) del Artículo 5.02 de la referida Ley para modificar el proceso de dispensación de medicamentos con receta; enmendar el inciso (j) del Artículo 5.02 y el inciso (b) del Artículo 5.03 de la referida Ley para disponer la autenticación de la identidad del farmacéutico para casos de recetas generadas y transmitidas electrónicamente y enmendar el inciso (m) del Artículo 5.02 de la referida Ley para disponer sobre la...

EventoLey
Fecha16 de Noviembre de 2009

(P. del S. 350)

LEY NUM. 138

16 DE NOVIEMBRE DE 2009

Para enmendar el inciso (ww) del Artículo 1.03, y el inciso (c) del Artículo 5.02 de la Ley Núm. 247 de 3 de septiembre de 2004, conocida como la “Ley de Farmacia”, para incluir dentro de la definición del término “receta o prescripción” la orden médica generada y transmitida electrónicamente; eliminar el actual inciso (ccc) y añadir un nuevo inciso (ccc) y un inciso (ddd) al Artículo 1.03 de la referida Ley, estableciendo la definición del término “receta generada y transmitida electrónicamente” y “firma electrónica”; enmendar los incisos (e), (f) y (g) del Artículo 5.02 de la referida Ley para modificar el proceso de dispensación de medicamentos con receta; enmendar el inciso (j) del Artículo 5.02 y el inciso (b) del Artículo 5.03 de la referida Ley para disponer la autenticación de la identidad del farmacéutico para casos de recetas generadas y transmitidas electrónicamente y enmendar el inciso (m) del Artículo 5.02 de la referida Ley para disponer sobre la conservación electrónica de la receta; y para otros propósitos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La comunicación y transmisión de información a través de medios electrónicos es utilizada en la actualidad en todos los campos. Hoy día no se cuestionan las ventajas de la utilización de este tipo de tecnología. En Puerto Rico existe una clara política pública a favor de la adopción de las nuevas tecnologías de informática y del desarrollo de transacciones a través de medios electrónicos. Así, en el año 2004 se aprobó la Ley de Gobierno Electrónico con el propósito de incorporar dicha tecnología a los programas y servicios del Gobierno. Ese mismo año, también, se aprobó la Ley de Firmas Electrónicas con el propósito de crear la infraestructura y la reglamentación para el uso de ese método de autenticación. De la misma forma, en el año 2006 se aprobó la Ley de Transacciones Electrónicas para facilitar y obtener beneficios del uso del comercio electrónico. Si bien se reconoce la existencia de riesgos inherentes a la transmisión de información a través de los medios electrónicos, dichos riesgos se han reducido grandemente en los últimos tiempos y han sido superados a gran escala por las ventajas que ofrece este tipo de transmisión tanto, en la actividad pública como privada.

En el área de la medicina se ha venido desarrollando el uso de medios electrónicos de procesamiento y transmisión de información en el proceso de recetar y despachar medicamentos. Comúnmente conocido como “e-prescribing”, este método permite la creación y transmisión de una receta médica a través del uso de medios electrónicos. Una vez una receta es generada y transmitida electrónicamente mediante este método, la misma constituye una orden médica original, por lo que no se requiere una orden escrita del médico que genera la receta.

Debido al gran número de recetas emitidas por médicos (sobre 4 billones de recetas son generadas anualmente en Estados Unidos) existe un margen significativo de errores relacionados a la expedición de recetas. Las recetas escritas a mano por los médicos pueden inducir en ocasiones a errores en el despacho de los medicamentos recetados, lo que tiene consecuencias graves, incluyendo la pérdida de miles de vidas anualmente. Se estima que en Estados Unidos se producen anualmente alrededor de 8.8 millones de incidentes adversos relacionados con medicamentos recetados. Este tipo de recetas es el causante, además, de que alrededor de 30% de las recetas requieran que la farmacia se comunique con el médico que ha emitido la receta para aclaraciones sobre su contenido. Este hecho genera, de acuerdo a los Centros de Servicio de Medicare y Medicaid, un promedio anual de 800 millones de llamadas relacionadas con recetas, lo que implica grandes costos para todos los componentes del proceso de receta y despacho de medicamentos.

El uso del método de receta electrónica ha mostrado una reducción de un 70% en los errores médicos relacionados con medicamentos con receta en comparación con el uso de recetas escritas a mano, las cuales son usualmente difíciles de leer. La seguridad del paciente es también mejorada bajo el “e-prescribing” mediante el uso de sistemas automatizados de entrada de datos que, además de generar una receta electrónicamente, permiten al médico revisar en un expediente electrónico del paciente posibles interacciones o alergias que podría generar el medicamento recetado. La notable mejoría en cuanto a seguridad del paciente atribuida al uso de este tipo de receta ha llevado al Instituto...

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