Ley Núm. 16 de 6 de mayo de 2009, para enmendar los Artículos 1, 2, 4, 5 y 8 de la Ley Núm. 152 de 10 de agosto de 2002, a los fines de dejar a discreción, dentro de sus respectivas Ramas de Gobierno, al Gobernador(a) de Puerto Rico, al Juez Presidente del Tribunal Supremo, a los Presidentes de la Cámara de Representantes y el Senado de Puerto Rico, y a los Secretarios, Jefes de Agencias, Alcaldes, Presidentes de Legislaturas Municipales, funcionarios y empleados municipales, departamentos, instrumentalidades públicas, municipios, corporaciones y consorcios municipales, el utilizar indistintamente como nombre oficial del cuerpo político, creado en virtud de nuestra Constitución: 'Gobierno de Puerto Rico' o 'Estado Libre Asociado de Puerto Rico'.

EventoLey
Fecha 6 de Mayo de 2009

(P. del S. 47)

LEY NUM. 16

6 DE MAYO DE 2009

Para enmendar los Artículos 1, 2, 4, 5 y 8 de la Ley Núm. 152 de 10 de agosto de 2002, a los fines de dejar a discreción, dentro de sus respectivas Ramas de Gobierno, al Gobernador(a) de Puerto Rico, al Juez Presidente del Tribunal Supremo, a los Presidentes de la Cámara de Representantes y el Senado de Puerto Rico, y a los Secretarios, Jefes de Agencias, Alcaldes, Presidentes de Legislaturas Municipales, funcionarios y empleados municipales, departamentos, instrumentalidades públicas, municipios, corporaciones y consorcios municipales, el utilizar indistintamente como nombre oficial del cuerpo político, creado en virtud de nuestra Constitución: “Gobierno de Puerto Rico” o “Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución del Estado Libre Asociado desde el 1952, estableció el nombre oficial de cuerpo político que rige la sociedad puertorriqueña desde entonces. Dice así la Constitución en su Artículo 1, Sección 1:

Se constituye el Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Su poder político emana del pueblo y se ejercerá con arreglo a su voluntad, dentro de los términos del convenio acordado entre el Pueblo de Puerto Rico y los Estados Unidos de América.

No obstante desde su propio nacimiento, el nombre de ese cuerpo político ha sido objeto de controversias políticas, al ser el mismo unas de las fórmulas ideológicas, sobre nuestra relación política con los Estados Unidos, que ha promovido un partido político que en aquellas décadas ostentaba un poder hegemónico en nuestro país: el Partido Popular Democrático. Así puede evidenciarse en el amplio debate ocurrido en la propia Convención Constituyente. (Diario de la Convención Constituyente de Puerto Rico, págs. 1,463-1,490) Esta disputa no ha variado desde entonces.

Los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR