Ley Núm. 164 de 26 de septiembre de 2014, para enmendar el Artículo 2; añadir unos nuevos sub incisos (l), (m), (n), (o) y (p) al inciso (d) y enmendar el inciso (e) del Artículo 3; enmendar el Artículo 6 de la Ley 199-2010, conocida como la 'Ley del Reto Demográfico', a los fines de incluir a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, al Colegio de Abogados, al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y al Programa Graduado de Demografía del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico entre las entidades gubernamentales y privadas que componen el Comité Multisectorial y Multidisciplinario de gobierno, academia y empresa privada; y para otros fines.
Evento | Ley |
Fecha | 26 de Septiembre de 2014 |
(P. del S. 708)
LEY NUM. 164
26 DE SEPTIEMBRE DE 2014
Para enmendar el Artículo 2; añadir unos nuevos sub incisos (l), (m), (n), (o) y (p) al inciso (d) y enmendar el inciso (e) del Artículo 3; enmendar el Artículo 6 de la Ley 199-2010, conocida como la “Ley del Reto Demográfico”, a los fines de incluir a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto, al Colegio de Abogados, al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y al Programa Graduado de Demografía del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico entre las entidades gubernamentales y privadas que componen el Comité Multisectorial y Multidisciplinario de gobierno, academia y empresa privada; y para otros fines.
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico adoptó mediante la Ley 199-2010, la política pública a regir en relación del reto demográfico que enfrenta nuestro país, en términos de la planificación y asignación de recursos para identificar las necesidades y los servicios indispensables a ser brindados a la población.
Más sin embargo, cuando la relacionada Ley fue aprobada por la 16ta Asamblea Legislativa no se incluyeron varias dependencias públicas y entidades cuasi públicas entre las entidades gubernamentales y privadas que componen el Comité Multisectorial y Multidisciplinario de gobierno, academia y empresa privada que se formó mediante la Ley 199, antes. Las agencias antes relacionadas son las siguientes, a saber: la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, la Oficina de Gerencia y Presupuesto, el Colegio de Abogados y el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y al Programa Graduado de Demografía del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico.
Estas entidades vienen a complementar y a ofrecer al Comité Multisectorial y Multidisciplinario, con su peritaje, la encomienda principal de este, mediante la confección de un plan de trabajo encaminado a identificar e implantar las medidas necesarias para el Puerto Rico del futuro, atendiendo primordialmente las necesidades de nuestra composición demográfica.
Además, esta Asamblea Legislativa entiende meritorio que para que el Comité Multisectorial y Multidisciplinario pueda realizar su trabajo de forma completa, se ha incluido una enmienda a la Ley la cual se compromete al/ a la Gobernador(a) del Estado Libre Asociado...
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