Ley Núm. 211 de 25 de agosto de 2012, para añadir un Artículo 6.02 a la Ley Núm. 408-2000, según enmendada, con el fin de establecer un Programa de Planificación Familiar en toda agencia, institución, o cualquier otro ente que ofrezca servicios de rehabilitación de drogas y alcohol, con el propósito de atender las necesidades de la población drogodependiente y alcoholdependiente, en aspectos como: evaluación médica, educación y prevención sobre salud sexual y reproductiva, pruebas preventivas y de diagnóstico, como papanicolaou (PAP), mamografía, infecciones de transmisión sexual (ITS); y para otros fines.
Evento | Ley |
Fecha | 25 de Agosto de 2012 |
(P. del S. 1963)
LEY 211-2012
25 DE AGOSTO DE 2012
Para añadir un Artículo 6.02 a la Ley Núm. 408-2000, según enmendada, con el fin de establecer un Programa de Planificación Familiar en toda agencia, institución, o cualquier otro ente que ofrezca servicios de rehabilitación de drogas y alcohol, con el propósito de atender las necesidades de la población drogodependiente y alcoholdependiente, en aspectos como: evaluación médica, educación y prevención sobre salud sexual y reproductiva, pruebas preventivas y de diagnóstico, como papanicolaou (PAP), mamografía, infecciones de transmisión sexual (ITS); y para otros fines.
La Ley Núm. 408-2000, según enmendada y conocida como “Ley de Salud Mental de Puerto Rico”, tiene como uno de sus propósitos brindarle ayuda a toda persona que necesite, solicite, reciba o haya recibido servicios de Salud Mental, incluyendo servicios para todos los trastornos relacionados al abuso, dependencia y trastornos inducidos por sustancias, tales como drogas y/o alcohol.
La población usuaria de drogas ilegales y alcohol, es conocida médicamente como pacientes con Trastorno a Sustancias. En muchas ocasiones por las condiciones de salud, económicas y sociales que viven los usuarios de drogas y alcohol, éstos pasan a vivir una vida de deambulantes, y/o están incapacitados para poder reclamar sus derechos.
La salud mental de las personas comienza desde la etapa de gestación, por esta razón es importante concientizar y educar a nuestra población reproductiva de la responsabilidad que conlleva traer un hijo a la vida. Cuando los padres no tienen estabilidad mental por algún trastorno, en este caso el Trastorno a Sustancias, es imposible impartir estabilidad a nuestros hijos. Esto conlleva un sinnúmero de problemas mentales que en la mayoría de las veces repercute en actos de violencia.
Esta Asamblea Legislativa entiende necesario que se establezca un Programa de Planificación Familiar que permita brindar gratuitamente servicios médicos a dicha población. Este Programa será una pieza clave que ayudará a esta población a lograr embarazos deseados bajo condiciones estables, a su vez evitará el nacimiento de niños con Síndrome de Retirada Neonatal y Síndrome de Alcohol Fetal, niños que son producto de madres adictas a algunas drogas. Según un estudio realizado por el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba