Ley Núm. 26 de 4 de marzo de 2011, para adicionar un nuevo Artículo 27; reenumerar los Artículos 27 al 30 como 28 al 31, respectivamente; y enmendar los incisos (c) y (a) de los Artículos 5 y 8, respectivamente, de la Ley Núm. 296 de 25 de diciembre de 2002, conocida como la 'Ley de Donaciones Anatómicas'; a los fines de crear, desarrollar y mantener un registro electrónico de donantes de órganos, ojos y tejidos para trasplantes, en la red cibernética (web); disponer que el Departamento de Transportación y Obras Públicas coordinará con la Junta de Disposición de Cuerpos, Órganos y Tejidos, adscrita al Recinto de Ciencias Médicas, el establecimiento de un mecanismo que permita a las personas realizar donaciones anatómicas, como parte del proceso de expedir y renovar licencias de conducir y la transferencia de datos al Registro de Donantes; disponer la información y salvaguardas que deberá contener el Registro de Donantes; ampliar los mecanismos contemplados en la ley para expresar legalmente la voluntad de...

EventoLey
Fecha 4 de Marzo de 2011

(P. del S. 1473)

LEY NUM. 26

4 DE MARZO DE 2011

Para adicionar un nuevo Artículo 27; reenumerar los Artículos 27 al 30 como 28 al 31, respectivamente; y enmendar los incisos (c) y (a) de los Artículos 5 y 8, respectivamente, de la Ley Núm. 296 de 25 de diciembre de 2002, conocida como la “Ley de Donaciones Anatómicas”; a los fines de crear, desarrollar y mantener un registro electrónico de donantes de órganos, ojos y tejidos para trasplantes, en la red cibernética (web); disponer que el Departamento de Transportación y Obras Públicas coordinará con la Junta de Disposición de Cuerpos, Órganos y Tejidos, adscrita al Recinto de Ciencias Médicas, el establecimiento de un mecanismo que permita a las personas realizar donaciones anatómicas, como parte del proceso de expedir y renovar licencias de conducir y la transferencia de datos al Registro de Donantes; disponer la información y salvaguardas que deberá contener el Registro de Donantes; ampliar los mecanismos contemplados en la ley para expresar legalmente la voluntad de ser donante; y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

De acuerdo a los datos más recientes, provistos por el “United Network for Organ Sharing”, existen aproximadamente 104,618 personas en la lista de espera para un trasplante de órganos. Se estima que morirán 16 personas cada día esperando un trasplante de órganos y que cada 13 minutos una persona es añadida a la lista de espera. La cantidad de trasplantes de órgano es limitada debido a la escasez de órganos donados. Los obstáculos principales para la donación incluyen un bajo porcentaje en el consentimiento por parte de familiares y oportunidades perdidas en la identificación y referido de potenciales donantes a la Organización de Recuperación de Órganos, de manera tal que se le pueda hacer un acercamiento a los familiares. Los estudios indican que tan sólo el 50% de las familias consienten a donar los órganos de un ser querido cuando se les ofrece la oportunidad. Más aún, los estudios indican que el conocimiento de los deseos de donar del fallecido, influyen positivamente en la decisión de la familia de consentir a la donación.

Los esfuerzos para aumentar las donaciones de órganos han incluido la educación al público y profesionales, así como adiestramiento a los coordinadores de recuperación, además de un sinnúmero de iniciativas legislativas a nivel estatal y federal, como por ejemplo, referidos rutinarios, el uso de tarjetas de donación para indicar el deseo de donar y el desarrollo de registros de...

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