Ley Núm. 40 de 26 de marzo de 2015, para enmendar el inciso 2 de la Sección 1 de la Ley Núm. 88 de 27 de junio de 1969, según enmendada; y el primer párrafo del Artículo 3, de la Ley 111-2014, a los fines de disponer que se conmemore el Día del Prócer y la Mujer Ilustre de Puerto Rico, con el fin de garantizar la equidad y conmemorar la figura de la mujer puertorriqueña en los días feriados que se observan en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

EventoLey
Fecha26 de Marzo de 2015

(P. del S. 1173)

LEY NUM. 40

26 DE MARZO DE 2015

Para enmendar el inciso 2 de la Sección 1 de la Ley Núm. 88 de 27 de junio de 1969, según enmendada; y el primer párrafo del Artículo 3, de la Ley 111-2014, a los fines de disponer que se conmemore el Día del Prócer y la Mujer Ilustre de Puerto Rico, con el fin de garantizar la equidad y conmemorar la figura de la mujer puertorriqueña en los días feriados que se observan en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Desde el siglo XV hasta el presente, la mujer puertorriqueña ha tenido una participación destacada en todos los renglones de nuestra sociedad. Su intelecto, dedicación, esfuerzos y constantes luchas la hacen merecedora del reconocimiento y respeto de la sociedad puertorriqueña: por su legado a las actuales y futuras generaciones. Por tanto, con la medida de autos se pretende conmemorar las gestas históricas de grandes mujeres puertorriqueñas, de la misma manera en que se distingue a los próceres puertorriqueños, en diversos ámbitos del quehacer humano.

Según varias versiones del diccionario de la lengua española, la palabra “prócer” se define como “hombre famoso e ilustre que es muy respetado por sus cualidades y disfruta de especial consideración entre los de su clase o profesión; alto, eminente o elevado”. Es catalogado como un sustantivo o un pronombre masculino.

La Ley 111-2014 consolidó varios días feriados que conmemoraban a varios próceres puertorriqueños en un solo día feriado. Éstos son: Eugenio María de Hostos, José de Diego, Luis Muñoz Rivera, José Celso Barbosa, Ramón Emeterio Betances, Román Baldorioty de Castro, Luis Muñoz Marín, Ernesto Ramos Antonini y Luis A. Ferré. Sin embargo en ese día feriado, no se reconocen las aportaciones de mujeres puertorriqueñas que han dejado un legado histórico para nuestro País.

El 13 de agosto de 1993 se aprobó la Resolución del Senado 354, la cual designó el salón norte del hemiciclo como “Salón de mujeres ilustres”. Con ello, se reconocieron las aportaciones de un sinnúmero de valiosas mujeres puertorriqueñas que, mediante una vida de sacrificio y perseverancia y en beneficio de la democracia puertorriqueña, que tuvieron como norte forjar una mejor sociedad. Una en la que las mujeres tuviesen igual participación, derechos y responsabilidades...

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