Ley Núm. 45 de 31 de marzo de 2015, para enmendar el Artículo 9.012 de la Ley 81 - 1991, según enmendada, conocida como 'Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991' a los fines de ampliar las condiciones de arrendamiento de locales en las plazas de mercado y para otros fines.

EventoLey
Fecha31 de Marzo de 2015

(P. del S. 1157)

LEY NUM. 45

31 DE MARZO DE 2015

Para enmendar el Artículo 9.012 de la Ley 81 - 1991, según enmendada, conocida como “Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991” a los fines de ampliar las condiciones de arrendamiento de locales en las plazas de mercado y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 81-1991, según enmendada, conocida como “Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico de 1991”, establece los procesos de arrendamiento en las plazas de mercado de cada municipio. En momentos donde el País se enfrenta a una crisis económica, debemos preocuparnos por los pequeños y medianos comerciantes, en especial por los ubicados en las plazas de mercado. Estos son ciudadanos que contribuyen a la economía y son padres y madres de familia que, con su pequeño negocio, mantienen un servicio esencial y perpetúan una parte de nuestra cultura.

En épocas pasadas, la variedad de productos agrícolas en las plazas de mercado incluía productos agrícolas, servicios, cafeterías y artículos que las hacían el sitio idóneo para que los residentes de los municipios fueran a resolver las diligencias diarias. Hoy día, los comerciantes de la plaza de mercado, o “los placeros”, son los que proveen al pueblo los productos más frescos, de mejor calidad y a menor precio.

Con la llegada de las grandes cadenas de supermercados y centros comerciales, las personas han dejado de visitar las plazas de mercado.

Como parte de la visión de incentivar el crecimiento económico, los municipios se han dado a la tarea de revitalizarlas y fomentar el que los pequeños y medianos comerciantes, así como los agricultores, piensen en las plazas de mercado como la punta de lanza del crecimiento de su negocio. La Plaza de Mercado es un recurso existente para desarrollar un primer negocio e incentivar el movimiento al centro urbano de cada municipio.

En aras de facilitar este crecimiento económico, es imperativo enmendar y diversificar el propósito de las plazas de mercado, de manera que el arrendamiento de locales sea más efectivo y que se revisen las regulaciones para que el movimiento comercial sea más accesible a los pequeños y medianos comerciantes.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1

Se enmienda el Artículo 9.012 de la Ley 81 - 1991, según enmendada...

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