Ley Núm. 50 de 8 de abril de 2011, para ordenar a las corporaciones públicas que utilicen los servicios de asesoramiento, adiestramiento y mediación que ofrece la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ORHELA); para crear un Fondo Especial en el Departamento de Hacienda a nombre de la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ORHELA); y para otros fines.

EventoLey
Fecha 8 de Abril de 2011

(P. del S. 1211)

LEY NUM. 50

8 DE ABRIL DE 2011

Para ordenar a las corporaciones públicas que utilicen los servicios de asesoramiento, adiestramiento y mediación que ofrece la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ORHELA); para crear un Fondo Especial en el Departamento de Hacienda a nombre de la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ORHELA); y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Oficina de Asuntos Laborales fue creada mediante la Orden Ejecutiva Boletín Administrativo Núm. 3148 de 15 de enero de 1976 con el propósito de asesorar al Gobernador en todo lo concerniente a los asuntos relacionados con convenios colectivos y sobre cualquier otro asunto que tenga relación directa o indirecta con esta área en el sector público. La referida Orden Ejecutiva dispuso que los gastos de la Oficina serían sufragados por las aportaciones que hicieran las corporaciones públicas a un Fondo Especial a nombre de la Oficina de Asuntos Laborales.

Posteriormente, y como consecuencia de la adopción de nueva legislación de materia laboral en el sector público, mediante el Boletín Administrativo Núm. 2000-14 de 13 de marzo de 2000 se adscribió la Oficina de Asuntos Laborales a la antigua Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH), hoy conocida como Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ORHELA). A tenor con en Boletín Administrativo Núm. 2000-14, la Oficina de Recursos Humanos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ORHELA), recibe anualmente aportaciones de las corporaciones públicas, con el propósito de ofrecer asesoramiento sobre las relaciones obrero-patronales en el sector público. Esto incluye el ofrecimiento de adiestramientos en el área laboral y de administración de recursos humanos en el sector público.

En principio, la Ley Núm. 184 de 30 de agosto de 2004, según enmendada, conocida como “Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, dispone que a las corporaciones públicas o no le serán de aplicación las disposiciones de la Ley Núm. 184. No obstante, el referido estatuto dispone que dichas entidades...

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