Ley Núm. 58 de 5 de agosto de 2009, para establecer como política pública el proteger a las personas de edad avanzada contra la explotación financiera por parte de familiares, personas particulares o empresas privadas; y para enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 121 de 12 de julio de 1986, según enmendada, conocida como la Carta de Derechos de la Persona de Edad Avanzada, para atemperarla a la política pública propuesta.

EventoLey
Fecha 5 de Agosto de 2009

(P. del S. 167)

LEY NUM. 58

5 DE AGOSTO DE 2009

Para establecer como política pública el proteger a las personas de edad avanzada contra la explotación financiera por parte de familiares, personas particulares o empresas privadas; y para enmendar los Artículos 1, 2 y 3 de la Ley Núm. 121 de 12 de julio de 1986, según enmendada, conocida como la Carta de Derechos de la Persona de Edad Avanzada, para atemperarla a la política pública propuesta.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Utilizando un poder judicial que le otorgaba la tutela de sus suegros ancianos con impedimentos, una mujer logró apropiarse de fondos pertenecientes a la pareja de edad avanzada. La mujer logró defraudar por más de 13,000 dólares a las personas bajo su cuidado. Las autoridades se percataron, cuando el hogar de ancianos que los cuidaba durante el día, denunció la mala alimentación y aseo de los ancianos. Lamentablemente, este ejemplo de la vida real sucedió en el estado de Florida y se ha convertido en los últimos meses en un patrón que se repite con frecuencia. Estadísticas demuestran que el maltrato físico y mental de personas de edad avanzada y personas con impedimentos es cada vez mayor. Según información recopilada por la Oficina de Servicios para Niños y Familias del estado de Nueva York, uno de cada catorce americanos y americanas sufren de algún tipo de maltrato. Los datos revelan también, que de cada caso reportado, otros cinco casos pasan sin ser denunciados. Con el pasar de los años y el desarrollo de la humanidad, nuevos tipos de maltrato surgen, demostrando así que la maldad marcha al mismo tiempo que nuestra evolución como seres humanos, lamentablemente.

La más reciente modalidad de maltrato hacia los referidos sectores es la explotación financiera. Esta nueva modalidad se define como “el uso impropio de los fondos de un adulto, de la propiedad o de los recursos por otro individuo, incluyendo, pero no limitándose a fraude, falsas pretensiones, malversación de fondos, conspiración, falsificación de documentos, falsificación de récords, coerción, transferencia de propiedad o negación de acceso a bienes”. (Pub. 4664- S/ Rep.12/06, Oficina de Servicios para Niños y Familias de Nueva York).

Ya, estados como Indiana, Texas, Illinois, Nueva York y Florida cuentan con legislación para atender este...

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