Ley Núm. 64 de 10 de agosto de 2009, para enmendar el inciso (26) del Artículo 102 de la Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971, conocida como la 'Ley de Sustancias Controladas', y añadir nuevos incisos (30), (31) y (32) para definir los términos 'prescribiente', 'receta generada y transmitida electrónicamente' y 'firma electrónica'; enmendar los incisos (a), (b), (c) y (d) del Artículo 308 de la 'Ley de Sustancias Controladas'; atemperar dicho Artículo a las disposiciones sobre recetas generadas y transmitidas electrónicamente; y para otros propósitos.

EventoLey
Fecha10 de Agosto de 2009

(P. del S. 349)

LEY NUM. 64

10 DE AGOSTO DE 2009

Para enmendar el inciso (26) del Artículo 102 de la Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971, conocida como la “Ley de Sustancias Controladas”, y añadir nuevos incisos (30), (31) y (32) para definir los términos “prescribiente”, “receta generada y transmitida electrónicamente” y “firma electrónica”; enmendar los incisos (a), (b), (c) y (d) del Artículo 308 de la “Ley de Sustancias Controladas”; atemperar dicho Artículo a las disposiciones sobre recetas generadas y transmitidas electrónicamente; y para otros propósitos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Reconociendo las ventajas de las transacciones electrónicas, incluyendo mayor seguridad y mejoramiento de los servicios y procesos, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha aprobado legislación que promueve y facilita el uso de las nuevas tecnologías de almacenamiento y transmisión de información. Como parte de la política pública de promover el uso de medios electrónicos en las transacciones, en nuestra jurisdicción se aprobó la Ley de Gobierno Electrónico, la Ley de Transacciones Electrónicas y la Ley de Firmas Electrónicas.

En el campo de la salud, se han propuesto enmiendas a la Ley de Farmacia para darle validez a las recetas generadas y transmitidas electrónicamente. Este método de expedir recetas, comúnmente conocido como “e-prescribing”, ha sido reconocido en los cincuenta Estados de los Estados Unidos, por considerarse un método seguro que ha reducido significativamente la cantidad de incidentes adversos por medicamentos recetados. Igualmente, la legibilidad de la receta que se produce electrónicamente, evita el gran número de llamadas que las farmacias tienen que hacer a las oficinas de los prescribientes para aclarar el contenido de una receta escrita a mano. Las múltiples ventajas para todas las partes envueltas en el proceso, unida al mejoramiento de la seguridad del paciente y de la rapidez con que se procesa y se despacha una receta, son factores que han impulsado la adopción del “e-prescribing” en otras jurisdicciones.

Además de las múltiples ventajas antes señaladas, se hace necesaria la adopción del método de receta electrónica en Puerto Rico, para cumplir con el programa de recetas electrónicas del Medicare Prescription Drug, Improvement and Modernization Act. Dicho estatuto requiere a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR