Ley Núm. 70 de 13 de agosto de 2009, para añadir los incisos (f) y (g) al Artículo 3, añadir los incisos (o), (p), (q), (r) y (s) al Artículo 4, añadir un inciso (z) al Artículo 6 y enmendar el Artículo 7 de la Ley Núm. 14 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como 'Ley para la Inversión en la Industria Puertorriqueña', a los fines de incluir en la política preferencial de compras de mobiliario de oficina del Gobierno de Puerto Rico aquellos producidos por los confinados y las personas con necesidades especiales como parte de programas de rehabilitación debidamente establecidos y aprobados por el Departamento de Corrección y Rehabilitación y por la corporación pública Industrias de Ciegos, Personas Mentalmente Retardadas y otras Personas Incapacitadas de Puerto Rico; y para otros fines.

EventoLey
Fecha13 de Agosto de 2009

(P. del S. 310)

LEY NUM. 70

13 DE AGOSTO DE 2009

Para añadir los incisos (f) y (g) al Artículo 3, añadir los incisos (o), (p), (q), (r) y (s) al Artículo 4, añadir un inciso (z) al Artículo 6 y enmendar el Artículo 7 de la Ley Núm. 14 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley para la Inversión en la Industria Puertorriqueña”, a los fines de incluir en la política preferencial de compras de mobiliario de oficina del Gobierno de Puerto Rico aquellos producidos por los confinados y las personas con necesidades especiales como parte de programas de rehabilitación debidamente establecidos y aprobados por el Departamento de Corrección y Rehabilitación y por la corporación pública Industrias de Ciegos, Personas Mentalmente Retardadas y otras Personas Incapacitadas de Puerto Rico; y para otros fines.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La Ley Núm. 14 de 8 de enero de 2004, según enmendada, conocida como “Ley para la Inversión en la Industria Puertorriqueña”, derogó la Ley Núm. 42 de 1989, conocida como “Ley de Política Preferencial de las Compras del Gobierno de Puerto Rico”. Dicha Ley Núm. 14, supra, establece como política pública del Gobierno de Puerto Rico respaldar el crecimiento, desarrollo y fortalecimiento de la industria puertorriqueña, mediante todos los mecanismos disponibles y viables dentro de los parámetros constitucionales, gubernamentales y económicos disponibles, en aras de lograr la máxima creación de empleos para la Isla.

La Ley para la Inversión en la Industria Puertorriqueña provee márgenes de descuento preferencial, conocidos como parámetros de inversión, a los productos de empresas cualificadas para las compras que realiza el Gobierno de Puerto Rico. De esta forma, dichas empresas pueden competir con mayores posibilidades en el mercado de compras del Gobierno. Uno de los objetivos que promueve la Ley Núm. 14, supra, es incrementar la compra de productos manufacturados en Puerto Rico por parte de las agencias gubernamentales, garantizando así la mayor participación de los productores puertorriqueños de bienes y servicios en las compras gubernamentales de estos productos, ya sea mediante subastas formales, informales, contrato o procedimiento especial.

La rehabilitación correccional, es sin lugar a dudas, uno de los proyectos gubernamentales de mayor importancia para nuestra sociedad, ya que va encaminado a la rehabilitación de aquellos ciudadanos que por...

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