Ley Núm. 96 de 30 de junio de 2015, para enmendar la Sección 1 de la Ley 45-1994, según enmendada, a fin de extender la garantía que provee el Estado Libre Asociado de Puerto Rico al pago de principal y prima, si alguna, e interés sobre los bonos del Departamento de Agricultura Federal, Desarrollo Rural (antes Farmer’s Home Administration), y los programas de préstamos bajo el Fondo Rotatorio Estatal de Agua Limpia, y el Fondo Rotatorio de Agua Potable de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados que estén emitidos y en circulación a la fecha de efectividad de esta Ley y aquellos que la Autoridad emita en o antes del 30 de junio de 2020 y para otros fines relacionados.

EventoLey
Fecha30 de Junio de 2015

(P. de la C. 2519)

LEY NUM. 96

30 DE JUNIO DE 2015

Para enmendar la Sección 1 de la Ley 45-1994, según enmendada, a fin de extender la garantía que provee el Estado Libre Asociado de Puerto Rico al pago de principal y prima, si alguna, e interés sobre los bonos del Departamento de Agricultura Federal, Desarrollo Rural (antes Farmer’s Home Administration), y los programas de préstamos bajo el Fondo Rotatorio Estatal de Agua Limpia, y el Fondo Rotatorio de Agua Potable de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados que estén emitidos y en circulación a la fecha de efectividad de esta Ley y aquellos que la Autoridad emita en o antes del 30 de junio de 2020 y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La inversión pública en infraestructura es indispensable para la promoción del desarrollo económico de Puerto Rico. Ello no sólo porque genera un flujo inmediato de actividad económica, sino porque promueve la inversión privada, la cual se fundamenta en parte, en la disponibilidad de facilidades de infraestructura desarrolladas por el sector público. Sistemas de acueductos y alcantarillados e instalaciones relacionadas, son ejemplos clásicos de las facilidades de infraestructura a las que nos referimos.

Para poder continuar con la inversión en un programa abarcador de proyectos de infraestructura, las agencias, instrumentalidades y corporaciones públicas necesitan tener acceso a fondos tomados a préstamo, ya sea a través del mercado público de capital o de otras fuentes. La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, en adelante, “la Autoridad”, es una de las corporaciones públicas que por su naturaleza y propósito, necesita tener acceso frecuente a las distintas fuentes de financiamiento existentes para poder llevar a cabo su obra de infraestructura.

Durante la presente Administración, la Autoridad se ha caracterizado en trabajar arduamente para mejorar el sistema, transformar la cultura organizacional y mantener la independencia financiera. Su meta es convertir a la agencia en una de excelencia en el manejo de sus operaciones con el objetivo de brindarle a Puerto Rico un sistema avanzado y eficiente de suministro de agua y alcantarillado, promoviendo una calidad de vida saludable y una economía sólida para el beneficio en el presente y para futuras generaciones.

Actualmente los préstamos y donativos del Departamento de Agricultura Federal, Desarrollo Rural (antes...

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