Ley Núm. 260 de 05 de Diciembre de 2006 de Enmienda Art. 41.050 de Código de Seguros

EventoLey
Fecha 5 de Diciembre de 2006

Código de Seguros; enmienda Art. 41.050

Ley Núm. 260 de 5 de diciembre de 2006

(P. de la C. 2963)

(Conferencia)

Para enmendar el Artículo 41.050 Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de incluir a todo profesional de servicios de salud que preste servicios médicos como empleado, contratista o consultor para el Centro Médico de Mayagüez, Hospital Dr. Ramón Emeterio Betances, en los límites de responsabilidad civil por mala práctica médico-hospitalaria (“malpractice”) a que está sujeto el Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Durante los pasados años se han realizado varios esfuerzos para establecer una unidad de trauma en las facilidades del Centro Médico Ramón Emeterio Betances en el Municipio de Mayagüez, con el propósito de asegurar a los residentes del área oeste de la Isla el beneficio de contar con una institución hospitalaria que pueda atender todo tipo de emergencias que surjan en esa área, sin que los residentes tengan que ser transportados al Centro Médico de Río Piedras.

Según los informes de la ACAA, cada viaje de traslado de pacientes en Aero-Med, al Centro Médico de Río Piedras, donde únicamente se prestan estos servicios, actualmente tiene un costo aproximado de cinco mil (5,000) dólares. Ante dicha situación, resulta imperativo brindarles a nuestros conciudadanos de la región oeste un mejor servicio y más oportunidades de recibir el tratamiento necesario en el tiempo requerido. Como es de conocimiento general, unos minutos de tardanza le puede costar la vida a un ser humano.

Al solamente existir una unidad de trauma en toda la Isla se crea un estancamiento, y afecta el flujo de pacientes que pueden ser atendidos por personal de esta unidad con la prontitud necesaria. El Centro Médico de Río Piedras podría brindar más y mejores servicios si la región oeste contara con las facilidades para atender traumas. Nuestra Isla necesita con urgencia el establecimiento de otra unidad de trauma adicional a la que tenemos en el Centro Médico de Río Piedras para, de esta forma, atender con la premura que requieren los casos que son tratados y atendidos por el personal de esta unidad.

En aras de asegurar el pronto...

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