Ley Núm. 144 de 10 de Octubre de 2007 de Enmienda Art. 2.030 de Código de Seguros

EventoLey
Fecha10 de Octubre de 2007

Ley Núm. 144 de 10 de octubre de 2007

(P. de la C. 1023)

Para añadir el inciso (8) al Artículo 2.030 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, a los fines de establecer entre los poderes del Comisionado de Seguros concertar acuerdos de colaboración con entidades similares extranjeras o de los Estados Unidos; fomentar la participación y representación de éste en organizaciones internacionales relacionadas; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con la aprobación por esta Asamblea Legislativa de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como “Código de Seguros de Puerto Rico”, fue creado el cargo de Comisionado de Seguros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para velar por el buen funcionamiento de la industria de seguros en Puerto Rico.

En la actualidad existen un sinnúmero de organizaciones, tanto en los Estados Unidos como en el exterior, que reúnen a las agencias reguladoras estatales o nacionales de varios países del mundo. A esos fines, se creó la “National Association of Insurance Commissioners” (NAIC), organización donde el Estado Libre Asociado ha ido teniendo participación de forma paulatina.

Por otro lado, en el año 1994 fue fundada la “International Association of Insurance Supervisors” (IAIS), la cual representa en la actualidad las agencias reguladoras de sobre cien (100) jurisdicciones a nivel mundial. Dicha organización promueve la cooperación entre sus miembros, establece estándares internacionales de regulación, provee seminarios a sus miembros asociados y facilita la coordinación entre los sectores financieros y de seguros.

Esta organización es un ejemplo de las asociaciones internacionales donde la Asamblea Legislativa entiende que el Comisionado de Seguros debe participar dando a conocer a la industria de seguros internacional, el éxito de dicha industria en Puerto Rico y las regulaciones en esta jurisdicción, estableciendo un fructífero intercambio de ideas y experiencias entre éstos, así como promover a la isla como un centro para el establecimiento de este tipo de negocios.

Por las razones anteriormente expuestas, la Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de...

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