Liberar a un hombre libre

ANTONIO QUIÑONES CALDERÓN

ESCRITOR Y PERIODISTA

Desde las plazas de recreo de varios puntos de la isla, miles de puertorriqueños de todas las afirmaciones políticas e ideológicas -en el ejercicio colectivo de mayor envergadura, amor y sentimiento humano jamás manifestado en nuestro pueblo- exigieron el fin de la tortura física y mental a que está sometido desde hace más de tres décadas el preso político puertorriqueño Oscar López Rivera.

Oscar López Rivera lleva 32 años encerrado en una prisión estadounidense -12 de los cuales los pasó en absoluto aislamiento del resto de la población penal-, convicto por "conspiración sediciosa", algo así como una entelequia legal para condenar a quien no se ha podido acusar de crimen alguno. Como él ha dicho, con probidad, y sin que ningún tribunal haya podido probar lo contrario: "No tengo sangre en mis manos". En efecto, Oscar López Rivera es un hombre libre -lo es quien proclama y mantiene sus ideales de vida aun frente a las más adversas consecuencias físicas y espirituales-, cuyo grillete no aprisiona su espíritu, que es desde donde emana la libertad.

Estadistas, independentistas, no comprometidos con ideologías políticas, y hasta colonialistas -además de la ONU y Amnistía Internacional- han abogado por el cese de la injusticia contra este símbolo de la opresión por motivos políticos. Por lo demás, desde la Casa Blanca, uno de los dos centros políticos con poder sobre la saliente colonia que aún padecemos, el presidente Bill Clinton exteriorizó en septiembre de 1999 que las condenas a Oscar López Rivera y otros puertorriqueños por su "conspiración sediciosa", estuvieron "fuera de proporción con las ofensas adjudicadas a (estos) nacionalistas".

A pesar del clamor prácticamente unánime por la liberación física de Oscar López Rivera -un hombre libre metido en una pequeña celda-, el presidente Barack Obama ha dicho que no tiene ante sí una "solicitud formal" para acabar con el martirio contra él. ¡Qué raro que no sepa el presidente que no es necesaria tal "solicitud formal"! La sección dos del Artículo II de la Constitución federal lo inviste de facultad "para suspender la ejecución de sentencias y para...

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