Lupiañez V. Secretario, 1977, 105 D.P.R. 696

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas398-400

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Debido Proceso de Ley.

Hechos: Paral 1970, el Departamento de Instrucción Pública comenzó una reorganización del sistema de servicios bibliotecarios a los fines de integrar los servicios bibliotecarios técnicos para ofrecerlos por igual tanto a las bibliotecas públicas como a las escolares, labor que no se estaba realizando en esta área en forma centralizada. La señora Ana M. Lupiáñez fue la directora de la Sec. de servicios técnicos del Programa de Bibliotecas. A ella se le ofreció una posición permanente dentro del Programa de Bibliotecas del Departamento de Instrucción, explicándole que toda vez que la plaza concreta que ella desempeñaría con carácter permanente no estaba presupuestada con el emolumento que requería su preparación y competencia, ella ocuparía puestos provisionales como paso previo y rutinario mientras tanto se completara el trámite para la creación de aquella plaza regular a través del Negociado de Presupuesto del Gobierno.

Los trámites para la creación del puesto que le fuera ofrecido se llevaron a cabo lentamente. Durante los años 1970 a 1973, Lupiáñez dirigió la sección de servicios técnicos bajo varios nombramientos por contrato y a términos fijos. Algunos de los nombramientos estaban presupuestados con fondos federales, otros con fondos estatales o con fondos combinados. Cada nuevo nombramiento conllevaba un aumento de sueldo.

Mediante carta fechada el 25 de junio de 1973, Ramón Cruz, Secretario Interino del Departamento de Instrucción, notificó a la Sra. Lupiáñez que daba por terminados sus servicios debido al carácter transitorio del nombramiento que se le había extendido y a que para ese año no estarían disponibles los fondos federales. A esta fecha llevaba a cabo sus funciones de directora mediante un nombramiento de Directora Ejecutiva II con un sueldo de $1,030.00. Por falta de esos fondos se eliminaría la sección de servicios técnicos al igual que se abandonaría el resto de la reorganización del Programa de Bibliotecas.

Al momento de la notificación de cese no se habían finalizado las gestiones en el Negociado de Presupuesto para la creación de la plaza ofrecida a la recurrida en 1970. La Sra. Lupiáñez abandonó su puesto como le había sido requerido, no sin antes haber realizado gestiones para su reinstalación. La cesantía le afectaría adversamente los derechos adquiridos

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en el Sistema de Retiro ya que solo le faltaban 2 años para hacer uso de los beneficios del Sistema. Posteriormente...

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