Montoto Pratts V. Lorie, 99 T.S.P.R. 23

AutorDra. Ruth E. Ortega Vélez
Páginas61-65

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Revisión Administrativa.

Hechos: El 2 de septiembre de 1994, la Junta de Planificación recibió del Lcdo. Pelayo Lorie Velasco y su señora madre, María Velasco, una solicitud de rezonificación de los solares 331 y 329(b) de la calle Clemson, en la Urb. University Gardens. Plantearon que ambas residencias podían ser utilizadas como locales comerciales. Se solicitaba el reemplazo de la clasificación de distrito residencial general R-3 de estos solares por las clasificaciones de distrito comercial local (C-1) para el solar 331 y distrito comercial liviano (CL) o distrito comercial de oficina uno (CO-1) para el solar 329(b).

Los solicitantes señalaron que los solares no eran aptos para una clasifi-cación de distrito residencial general R-3, la cual se le impone a los predios utilizados como residencias familiares que mantengan un mínimo de 300 metros cuadrados dentro de un área de alta densidad poblacional. Indicaron que la existencia de comercios adyacentes a la Urbanización University Gardens había destruido el ambiente familiar del área.

Conforme a lo establecido por el Reglamento de Zonificación, el licenciado Lorie Velasco y la señora Velasco remitieron a la Junta una lista de todos los nombres y supuestas direcciones de los vecinos en el área radial de 60 metros de los solares en cuestión que, de acuerdo a lo allí expuesto, fueron notificados de la presentación de la solicitud de rezonificación. Al recibir la notificación, varios residentes de la Urb. University Gardens se opusieron al procedimiento, argumentando que para el 20 de octubre de 1989 ya la Junta había denegado una solicitud de rezonificación similar sobre el solar 331. El 16 de noviembre de 1994, la Junta publicó en el periódico El Nuevo Día el "Aviso de Vistas Públicas", de acuerdo a lo exigido por el Reglamento. Dicho anuncio tenía el propósito de informarle a todo interesado sobre el procedimiento de rezonificación que se estaba llevando a cabo.

Posteriormente, la Junta se comunicó por carta con aquellos que residían dentro de los 60 metros cuadrados de los solares en cuestión. Las direcciones utilizadas por la Junta fueron las mismas que utilizaron los solicitantes al comienzo del procedimiento.

Durante la vista pública, el Oficial Examinador permitió solo a uno de los opositores argumentar oralmente. Esto hizo que la Sra. Margarita Russis de Montoto, el Sr. Jorge C. Muns, la Asociación de Vecinos de University Gardens (Apelantes) y el Ing. Juan Meléndez tuviesen que presentar su oposición

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mediante escritos sometidos en fechas posteriores.

El 13 de diciembre de 1994, el licenciado Lorie Velasco y la señora Velasco, sometieron a la Junta un Escrito en Apoyo de Solicitud. Alegaron que las propiedades de la calle Clemson no servían para fines residenciales, porque su cercanía con la Avenida Piñeiro impedía el desarrollo de un ambiente tranquilo, pacífico y propicio para viviendas familiares. El 15 de diciembre de 1994, la Asociación de Vecinos de University Gardens, Inc., presentó un escrito de Oposición a la Petición. En el mismo indicó que la rezonificación solicitada atentaba contra el medio ambiente de la Urbanización, ya que no propiciaba el crecimiento familiar en el área. Por su parte, el 20 de diciembre de 1994, el Departamento de Transportación y Obras Públicas le comunicó a la Junta que no recomendaba la rezonificación de los mencionados solares, debido a que el tamaño de estos no le permitiría cumplir con el Reglamento de Control de Acceso a las Vías Públicas de Puerto Rico.

El 9 de marzo de 1995, la Junta emitió una resolución aprobando la rezonificación de los solares 331 y...

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