NC***Ajustan texto de ley que prohíbe transportar envases abiertos de licor
(para)NC***Ajustan texto de ley que prohíbe transportar envases abiertos de licor(/para)(para)Antonio R. Gómez(/para)
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(para)El Senado de Puerto Rico avaló este lunes legislación cameral que “aclara” las disposiciones de la Ley de Vehículos y Tránsito relacionadas al transporte de envases abiertos de bebidas alcohólicas en los vehículos de motor. (/para)
(para)La aclaración, según se establece en la exposición de motivos del proyecto, busca adecuar la legislación local con la federal, para garantizar así la disponibilidad de fondos que dependen de esto.(/para)
(para)“Estas prohibiciones y penalidades no solo son efectivas para garantizar la seguridad de los conductores y peatones en nuestras carreteras, sino que nos aseguran participación en fondos federales destinados a ciertas actividades elegibles bajo el Programa de Seguridad en las Carreteras Federal o a la Comisión para la Seguridad en el Tránsito de Puerto Rico”, establece el documento.(/para)
(para)“Dichos fondos están sujetos a que nuestra legislación cumpla con ciertos requisitos o se corre el riesgo de perderlos como en efecto ha sucedido. Cada año, Puerto Rico pierde cantidades sustanciales de dinero para programas de manejo y eliminación de riesgos por razón de incumplimiento con normativas federales relativas a las restricciones de envases abiertos en los vehículos”, se afirma.(/para)
(para)La medida, que debido a que el Senado le introdujo enmiendas volverá a la Cámara, establece ahora que “queda prohibida la posesión y el transporte de cualquier envase abierto que contenga bebidas embriagantes, así como el consumo de cualquier bebida embriagante en el interior o en el área de pasajeros de cualquier vehículo de motor que discurra por cualquier vía pública o derecho de vía, exceptuándose el área del baúl”. (/para)
(para)“Se establece además que “si el vehículo de motor no está equipado con un baúl, deberá utilizarse la parte posterior del último asiento o en un área que normalmente no sea ocupada por el conductor o un pasajero” para el transporte de las bebidas alcohólicas”. (/para)
(para)Se define como envase abierto que contenga bebidas embriagantes “cualquier botella, lata u otro recipiente que contenga cualquier cantidad de bebida embriagante, que esté abierto o con el sello roto, o su contenido haya sido parcialmente removido”. (/para)
(para)Se aclara que, “con excepción del conductor, esta...
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